El Noveno Juzgado Constitucional de Lima anuló la orden de 30 meses de prisión preventiva que se dictó en contra de José Nenil Medina Guerrero, exalcalde de Anguía, en Cajamarca.
Sin embargo, dicho tribunal dispuso que el juez analice nuevamente el pedido de cárcel provisional y emita un pronunciamiento.
La decisión fue emitida por el juez Juan Carlos Núñez Matos, quien declaró fundado un recurso de hábeas corpus interpuesto por Medina Guerrero contra el Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria y los jueces de la Segunda Sala de Apelaciones Nacional, que dictaron y ratificaron su prisión preventiva.
Como se recuerda, el exburgomaestre cajamarquino es investigado por haber sido parte del denominado “gabinete en la sombra” del golpista Pedro Castillo y habría ejercido la función de “operador” en esta organización criminal, que se habría beneficiado irregularmente con la adjudicación de obras públicas.
A José Nenil Medina se le imputa la comisión de los presuntos delitos de organización criminal, lavado de activos y colusión agravada, por lo que el fiscal Jorge García Juárez estimó que, de ser declarado culpable, afrontaría una pena mínima de 23 años de cárcel efectiva.
#Importante | Poder Judicial declara fundada la demanda de habeas corpus presentada a favor del exalcalde de Anguía, José Nenil Medina Guerrero; y anula el mandato de prisión preventiva por el plazo de 30 meses en su contra – Caso: #PuenteTarata. Ver: https://t.co/0FARkClLAO pic.twitter.com/0CyVrZ7n7a
— Poder Judicial Perú (@Poder_Judicial_) January 5, 2024