Política


JNJ suspende declaratoria de vacancia de Inés Tello y Aldo Vásquez tras fallo que ordena reponerlos

Lo resuelto por la JNJ fue notificado a ambos magistrados, a la Primera Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima, al defensor del Pueblo, Josué Gutiérrez, en su calidad de presidente de la Comisión Especial, y al consejero suplente Abraham Siles. 


Portada: JNJ suspende declaratoria de vacancia de Inés Tello y Aldo Vásquez tras fallo que ordena reponerlos Inés Tello y Aldo Vásquez. Fuente: Difusión.

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Redacción Willax TV Redacción Willax TV

La Junta Nacional de Justicia (JNJ) suspendió la declaratoria de vacancia de Inés Tello y Aldo Vásquez como miembros titulares del cuestionado organismo, con el fin de cumplir con la medida cautelar dictada a favor por la Primera Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima.

"Suspender, los efectos de las Resoluciones Nos. 387-2024-JNJ y 388- 2024-JNJ, por las que se declaró la vacancia de los cargos de miembros de la Junta Nacional de Justicia de la señora Luz Inés Tello de Ñecco y del señor Aldo Alejandro Vásquez Ríos respectivamente", se lee en la resolución de la JNJ.

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Como se recuerda, el último viernes, la mencionada sala suspendió la decisión del Parlamento de inhabilitar por 10 años de la función pública de Tello y Vásquez, ordenando su reincorporación inmediata en la JNJ.

Lo resuelto por la Junta fue notificado a ambos magistrados, a la Primera Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima, al defensor del Pueblo, Josué Gutiérrez, en su calidad de presidente de la Comisión Especial, y al consejero suplente Abraham Siles

Recordemos que el procurador del Congreso, Manuel Peña Tavera, solicitó al Tribunal Constitucional (TC) anular la medida cautelar de que ordenó la reposición inmediata de Aldo Vásquez e Inés Tello.

Peña indicó que la sala constitucional en cuestión incurrió en un "manifiesto desacato" a lo resuelto por el TC en su sentencia 74/2023 del 23 de febrero del 2023, en donde se determinó que el Poder Judicial no puede interferir en las competencias exclusivas y excluyentes del Legislativo.

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Además, demandó que, “ante el evidente desacato de la cosa juzgada constitucional”, se disponga la elevación de los actuados pertinentes a la Autoridad Nacional de Control del PJ, a fin de que actúe conforme a sus atribuciones.

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