Política


Ernesto Blume: Pedido de Corte-IDH al Estado para no liberar a Alberto Fujimori "no es ejecutable"

Blume anotó que el TC, en su sentencia que ordena la excarcelación de Fujimori, ha dicho que la Corte-IDH "no tiene derecho a meterse al derecho interno".


Portada: Ernesto Blume: Pedido de Corte-IDH al Estado para no liberar a Alberto Fujimori "no es ejecutable" Ernesto Blume. Fuente: Captura TV.

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Redacción Willax TV Redacción Willax TV

Ernesto Blume, expresidente del Tribunal Constitucional (TC), afirmó que el pedido de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte-IDH) para que el Estado peruano no ejecute la liberación del expresidente Alberto Fujimori "no es ejecutable".

"Esa decisión de la Corte-IDH no es ejecutable en el Perú", señaló Blume en el programa 'Combutters'.

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Detalló que el TC, en su sentencia del 4 de diciembre que ordena la excarcelación de Fujimori, ha dicho que la Corte-IDH "no tiene derecho a meterse al derecho interno, paralizar un indulto y disponer que no se ejecute una sentencia".

"Estamos frente una decisión absolutamente incompatible con el rol del Sistema Interamericano de Derecho Humanos y con el rol de la Corte-IDH y del TC", expresó el exmagistrado.

"Esta es una demostración de cómo el cáncer caviar, infiltrado en la Corte-IDH, llega a estos despropósitos", añadió el extitular del máximo intérprete de la Carta Magna. 

A través de una resolución, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte-IDH) solicitó al Estado peruano que no ejecute la liberación del expresidente Alberto Fujimori, tal como ordenó el Tribunal Constitucional (TC) en su fallo que ratificó la restitución del indulto otorgado al exmandatario en el 2017. 

"Requerir al Estado del Perú que, para garantizar el acceso a la justicia de las víctimas de los casos Barrios Altos y la Cantuta, se abstenga de ejecutar la orden del TC del Perú de 4 de diciembre de 2023, en donde se ordenó la "inmediata libertad" de Alberto Fujimori", indicó la instancia supranacional en una resolución.

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Ello, "hasta que la Corte-IDH cuente con todos los elementos necesarios para analizar si dicha decisión cumple con las condiciones establecidas en la resolución de la Corte de 7 de abril de 2022".

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