La Comisión de Justicia del Congreso aprobó por insistencia el dictamen de la autógrafa de ley que restituye la detención preliminar en casos de no flagrancia, pese a las observaciones del Poder Ejecutivo.
El dictamen de insistencia establece que un juez podrá ordenar la detención si existen indicios de fuga u obstrucción a la justicia. Este deberá ser visto por el Pleno del Legislativo.
Vale recordar que el Congreso había remitido en diciembre la autógrafa al Poder Ejecutivo, pero esta tuvo observaciones. Por ende, y en respuesta, la Comisión de Justicia optó por insistir en la aprobación de la norma, el cual restablece el artículo 261 del Nuevo Código Procesal Penal.
El juez podrá ordenar detención preliminar cuando no haya flagrancia, pero existan indicios razonables de que una persona ha cometido un delito con pena mayor a cuatro años y haya riesgo de fuga u obstrucción a la justicia. Además de que un detenido en flagrancia evite su captura o se fugue de un centro de detención preliminar.
El dictamen desestimado por la Comisión de Justicia
La Comisión de Justicia había presentado otro dictamen sobre este tema, pero se desestimó el mismo porque aprobaba de manera parcial las observaciones del Ejecutivo y proponía que la detención preliminar se aplique solo a ciertos delitos.
Además, planteaba poner al imputado a disposición del juez de investigación preparatoria tras la detención preliminar, a fin de que este realizara una audiencia para confirmar o rechazar la aprehensión.