Gobierno amplía estado de emergencia en Lima y Callao por 60 días para combatir criminalidad

La medida entrará en vigor el próximo 28 de junio y permitirá que la Policía Nacional continúe contando con el apoyo de las Fuerzas Armadas en acciones destinadas a enfrentar el sicariato, las extorsiones y otros delitos de alto impacto.

junio 25, 2026 –
07:10.
Actualizado en junio 25, 2026 –
07:12.
Gobierno amplía estado de emergencia en Lima y Callao por 60 días para combatir criminalidad
Gobierno amplía estado de emergencia en Lima y Callao por 60 días para combatir criminalidad

El Gobierno oficializó la ampliación del estado de emergencia en Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao por un periodo de 60 días calendario, medida que entrará en vigencia el 28 de junio de 2026 con el objetivo de reforzar la lucha contra la criminalidad, el sicariato, las extorsiones y otros delitos de alto impacto que afectan a ambas jurisdicciones.

La decisión fue formalizada mediante el Decreto Supremo N.° 096-2026-PCM, publicado este jueves en el Diario Oficial El Peruano. La disposición mantiene las medidas extraordinarias implementadas desde inicios de año para fortalecer la respuesta del Estado frente al avance de organizaciones criminales.

PNP mantendrá control del orden interno

De acuerdo con la norma, la Policía Nacional del Perú continuará ejerciendo el control del orden interno, con el respaldo operativo de las Fuerzas Armadas en las intervenciones destinadas a preservar la seguridad ciudadana.

El Poder Ejecutivo sustentó la prórroga en informes policiales que advierten la persistencia de una grave alteración del orden interno debido al incremento de delitos violentos y al accionar permanente de bandas y organizaciones criminales en Lima y Callao.

Restricciones seguirán vigentes durante estado de emergencia

Durante la vigencia de la medida, continuarán aplicándose las disposiciones excepcionales contempladas en el artículo 137 de la Constitución Política del Perú. Estas facultades permiten restringir o suspender determinados derechos constitucionales en situaciones excepcionales.

Entre los derechos que podrían verse limitados figuran la inviolabilidad del domicilio, la libertad de tránsito, la libertad de reunión y la libertad y seguridad personales, según lo establecido en el decreto supremo.

Asimismo, los eventos religiosos, culturales, deportivos y otras actividades públicas masivas deberán contar con las autorizaciones correspondientes emitidas por las autoridades competentes, de acuerdo con la normativa vigente en materia de seguridad y espectáculos públicos.

Informes policiales respaldan decisión

La ampliación fue solicitada por la Comandancia General de la PNP mediante un oficio remitido el pasado 22 de junio. La petición estuvo acompañada por informes reservados elaborados por las regiones policiales de Lima Centro y Callao.

Los documentos señalan que delitos de alto impacto como homicidios, extorsiones y actos de sicariato continúan registrando niveles preocupantes, generando un escenario de inseguridad que afecta a miles de ciudadanos en ambas jurisdicciones.

Operativos se realizarán bajo normas de uso de fuerza

El decreto también precisa que las acciones conjuntas de la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas deberán desarrollarse respetando los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad, conforme a la legislación vigente sobre el uso de la fuerza.

Además, la institución policial será la encargada de definir las zonas de intervención a partir de labores de inteligencia, estadísticas delictivas, mapas del crimen y otros indicadores que permitan focalizar los operativos en los sectores con mayor incidencia delictiva.

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