Tribunal Constitucional anula investigación contra Mateo Castañeda por ‘Waykis en la sombra’

El Tc también ordenó que el fiscal Carlos Ordaya sea excluido del proceso.

enero 20, 2026 –
08:24.
Actualizado en enero 20, 2026 –
08:58.
Tribunal Constitucional anula investigación contra Mateo Castañeda
Tribunal Constitucional anula investigación contra Mateo Castañeda

El Tribunal Constitucional (TC) anuló la investigación fiscal contra el abogado Mateo Castañeda, exdefensa de Dina Boluarte, en el polémico caso ‘Waykis en la sombra’.

Esta decisión surgió tras declarar fundada la demanda de amparo presentada por la defensa de Castañeda.

De acuerdo a lo argumentado por el abogado de Castañeda, hubo vulneración de derechos fundamentales como el secreto profesional y la objetividad del proceso.

Según el fallo del TC, las intervenciones fiscales deben respetar estrictamente los principios de legalidad y proporcionalidad.

Tribunal Constitucional revisó legalidad de allanamiento

La decisión del máximo intérprete de la Constitución fue luego de revisar la legalidad del allanamiento al estudio jurídico del exabogado de la presidenta Dina Boluarte.

Tras su análisis, concluyó que la acción fiscal se desarrolló sin precisar en el requerimiento judicial que se trataba de un despacho de abogados, algo que el propio fiscal solicitante conocía, puesto que tuvo documentos que así lo acreditaban.

Para el TC esta omisión generó un riesgo inconstitucional al exponer documentos de otros clientes que no estuvieron inmersos en el caso.

De esta manera, el allanamiento vulneró el derecho al secreto profesional que protege la confidencialidad para una defensa adecuada.

Fiscal quedó fuera del caso

El fallo del Tribunal Constitucional también determinó que el fiscal Carlos Ordaya no podía investigar con neutralidad a Mateo Castañeda, teniendo en cuenta que las acusaciones contra el letrado habrían afectado directamente la labor del fiscal en otra carpeta.

Es así que su actuación desnaturalizó la imparcialidad requerida en los procesos penales al no haber una desvinculación entre el denunciante e investigador; por lo tanto, ordenó que un nuevo fiscal asuma el proceso.

La sentencia obtuvo los votos en mayoría del Pleno, no obstante, los magistrados Gustavo Gutiérrez y Manuel Monteagudo tuvieron un voto singular.

Tanto Gutiérrez y Monteagudo no estuvieron de acuerdo en admitir la demanda por razones de forma, puesto que no agotaron la vía administrativa.

Vale recordar que Castañeda fue señalado de pertenecer a una organización criminal, siendo él presuntamente el brazo legal que buscaba archivar las investigaciones de Nicanor Boluarte y Dina Boluarte.

En consecuencia, le atribuyeron los presuntos delitos de tráfico de influencias y falsedad genérica.

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