ONG de izquierda en contra de ley de amnistía: han hecho de estos juicios un negocio

Entre los años 2008 y 2024, IDL ha registrado ingresos por casi 30 millones de dólares.

agosto 18, 2025 –
23:13.
Actualizado en agosto 18, 2025 –
23:13.
Ley de amnistía
Ley de amnistía

La semana pasada, el Congreso de la República y el Ejecutivo dieron un paso decisivo para la promulgación de la Ley de Amnistía.

En el Perú, más de cuatro décadas después del inicio de la guerra contra el terrorismo, cientos de policías y militares continúan atrapados en procesos judiciales interminables. Muchos de ellos nunca han recibido una sentencia firme.

ContraCorriente‘ revisó las distintas aristas de una norma que no busca la impunidad, sino devolver humanidad y justicia procesal a quienes dedicaron su vida a defender al Estado, y que por años han vivido bajo una condena silenciosa: la del proceso sin fin.

5 ARTÍCULOS DE LEY DE AMNISTÍA

Son cinco artículos que cambian el panorama para cientos de peruanos que se enfrentaron a las huestes terroristas.

ARTÍCULO 1. CONCESIÓN DE AMNISTÍA

-Se concede amnistía a miembros de las Fuerzas Armadas, de la Policía Nacional, de los Comités de Autodefensa y a funcionarios del Estado que, sin sentencia firme, hayan sido denunciados, investigados o procesados por hechos vinculados a la lucha contra el terrorismo entre 1980 y 2000.

Este es el núcleo de la ley: si no hubo condena definitiva, el Estado no puede castigar con la incertidumbre eterna. La presunción de inocencia debe respetarse, y el proceso no puede convertirse en un castigo anticipado.

ARTÍCULO 2. EXCLUSIONES

-Quedan excluidos quienes hayan sido denunciados, procesados o condenados por delitos de terrorismo y de corrupción.

Es decir, esta norma no alcanza a terroristas ni corruptos. El beneficio es solo para quienes defendieron al país dentro del marco de la lucha antisubversiva.

ARTÍCULO 3. CONCESIÓN DE AMNISTÍA HUMANITARIA

-Se concede amnistía de carácter humanitario a las personas de 80 años o más que cuenten con sentencia firme o estén cumpliendo condena, siempre que esta se vincule a hechos del mismo periodo histórico.

Aquí entra en juego la dignidad. Se reconoce que una persona de 80 años no debe pasar sus últimos días en la cárcel. Es un acto humanitario, no político.

ARTÍCULO 4. EFECTOS DE LA AMNISTÍA

-La amnistía extingue la acción penal, la pena y cualquier antecedente derivado de los hechos señalados.

En otras palabras, se cierran los procesos y se devuelven los derechos civiles y políticos a los beneficiados.

ARTÍCULO 5. EJECUCIÓN

-El Poder Judicial y el Ministerio Público deberán archivar inmediatamente los procesos en trámite y ordenar la excarcelación de los beneficiados.

Esto evita que la ley quede en el papel: obliga a una aplicación efectiva y rápida.

ONG EN CONTRA DE LA LEY

Pero, hay otra cara de esta moneda: las ONG de derechos humanos que han hecho de estos juicios un negocio.

Organizaciones como el Instituto de Defensa Legal (IDL) y otras similares, como la Coordinadora Nacional de Derecho Humanos, han encontrado en el alargue interminable de estos procesos penales una fuente constante de recursos, donaciones y protagonismo internacional.

Mientras miles de policías y militares ancianos pasan su vida en juzgados, estas ONG justifican su existencia y su financiamiento. Un sistema donde la justicia se eterniza no solo es injusto, también es rentable para quienes se benefician del dolor ajeno.

Entre los años 2008 y 2024, IDL ha registrado ingresos por casi 30 millones de dólares. La mayoría de estos ingresos se deben a intervenciones en temas de derechos humanos.

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