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Gastón Rodríguez: "El Serenazgo no tiene que inmiscuirse directamente en la persecución del delito"

El exministro señaló que la propia Ley del Serenazgo establece que es "preventivo, disuasivo, comunicacional y de orientación al ciudadano".


Portada: Gastón Rodríguez: "El Serenazgo no tiene que inmiscuirse directamente en la persecución del delito" Gastón Rodríguez sobre el Serenazgo. Fuente: Milagros Leiva, Entrevista.

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Redacción Willax TV Redacción Willax TV

El exministro del Interior, Gastón Rodríguez, se mostró en contra de contratar guardaespaldas armados para que protejan la vida de los serenos, ante la creciente ola de inseguridad ciudadana.

"La Constitución Política del Perú fija en su artículo 166 la finalidad fundamental de la Policía Nacional, que aparte de mantener y restablecer el orden interno del país, tiene como principal función prevenir, combatir y denunciar la delincuencia. No hay ninguna otra institución que lo haga", dijo este martes en el programa 'Milagros Leiva, Entrevista'.

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Rodríguez recordó que el Decreto Legislativo 1267, que es la Ley de la Policía Nacional, establece en su artículo 5 la función de Policía y le autoriza al uso legítimo de la fuerza. "Ninguna otra institución puede hacer uso legítimo de la fuerza", anotó. 

El extitular del Mininter sostuvo también que la propia Ley del Serenazgo establece que es "preventivo, disuasivo, comunicacional y de orientación al ciudadano. No tiene que inmiscuirse directamente en la persecución del delito". 

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