Este domingo el Gobierno aprobó el reglamento para ampliar el Registro Integral de Formalización Minera (Reinfo), en la cual también se permite el traslado por sucesión.
El reglamento de la Ley N°32213 fue publicado este domingo mediante el Decreto Supremo N.° 009-2025-EM, oficializado en el diario oficial El Peruano.
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Lo aprobado, además de aceptar el traslado del Reinfo por herencia, también dispone que el Ministerio de Energía y Minas (Minem) ejerza la conducción de la formalización minera sin la intromisión de otras entidades.
Reinfo por herencia
Según se detalló en el reglamento, el Registro Integral de Formalización Minera por sucesión se dará cuando el titular, minero informal, fallezca.
“Se puede solicitar la modificación de la titularidad de la inscripción del Registro Integral de Formalización Minera (REINFO) por sucesión, cuando fallece el minero informal titular de la inscripción. La sucesión debe encontrarse inscrita en los registros públicos”, resaltaron.
Si hay más de un heredero, el registro debe ser inscrito por una persona jurídica, quien será el responsable de cualquier impacto adverso, así como terminar el proceso de formalización.
En contra
Tras la publicación del decreto supremo, uno de los primeros congresistas en mostrar su rechazo fue Wilson Soto.
“Rechazo que ahora sea heredable. Convertir la informalidad en un derecho familiar es inaceptable y pareciera un premio. El Ministerio de Energía y Minas debe dar explicaciones”, expresó.
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Para el analista Iván Arenas, mediante X, con la promulgación del reglamento, el Reinfo continuará y será perpetuo, no se aprobará ley Mape y no habrá diferencia entre “informales e ilegales”.
El reglamento aprobado se da en medio del asesinato de 13 trabajados en una mina en Pataz, a causa de la minería informal.









