Este jueves, el Poder Ejecutivo promulgó la ley aprobada por el Congreso de la República que establece medidas para asegurar el acceso universal al agua potable en favor, principalmente, de la población que se encuentra en condición de pobreza o vulnerabilidad.
Para ello, se publicó la Ley N.° 32065 en el Boletín de Normas Legales del Diario El Peruano.
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Excepcionalmente, es aplicable, según la disponibilidad presupuestaria del sector competente, para las instituciones educativas, establecimientos de salud y viviendas de interés social y otras que mencione el reglamento de la ley, que no cuenten con acceso al agua potable.
Puntualizan que la calidad del agua debe cumplir con la normativa sobre calidad del agua para consumo humano, emitida por la Autoridad Nacional de Salud.
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Esta norma, asimismo, crea el Fondo de Inversión para el Acceso al Agua Potable y a los Servicios de Saneamiento (FIAS), dependiente del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS).
Ello, señalan, la finalidad de financiar total o parcialmente las intervenciones que aseguren el acceso universal al agua potable y las inversiones, programas o actividades orientadas para el cierre de brechas de cobertura y calidad de los servicios de saneamiento, así como para la mejora en la eficiencia, sostenibilidad y equidad de la prestación de tales servicios en los ámbitos urbano y rural.





