Actualidad


Sunat: Personas naturales o negocios deberán colocar RUC cuando vendan por internet

Aquellos que no cumplan con incluir su número de RUC, pueden ser sancionados con una multa que puede llegar hasta el 30% de la UIT, informó la entidad.


Portada: Sunat: Personas naturales o negocios deberán colocar RUC cuando vendan por internet Sunat Fuente: Difusión

Compartir vía:

Redacción Willax TV Redacción Willax TV

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) anunció que cuando las personas naturales o negocios promocionen algún producto o servicio en redes sociales, deberán colocar el RUC en un lugar visible.

Según el Decreto Legislativo 1524, a partir del 1 de julio, los que se dediquen a la venta de bienes o la prestación de servicios deben consignar su número de RUC en toda su documentación, incluyendo los medios digitales.

“El número de RUC debe figurar acompañado del nombre o denominación o razón social del sujeto publicitado, debiendo figurar en un lugar visible para el cliente o usuario”, informó la entidad en un comunicado.

Aquellos que no cumplan con incluir su número de RUC, estarían incurriendo en una falta catalogada como infracción, cuya sanción de multa puede llegar hasta el 30% de la UIT, según el régimen en el que esté inscrito el contribuyente”, agregan.

Asimismo, la Sunat resaltó que están facultados de “inscribir de oficio en el RUC a las personas naturales y negocios que detecte realizando operaciones comerciales y que no se encuentren inscritos en dicho registro, es decir, sean informales y no cumplan con el pago de los impuestos correspondientes por las actividades que realicen”.

 

Compartir vía:

Síguenos en nuestras redes:

Sigue leyendo:



Willax © 2024. Todos los derechos reservados.