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Alberto Fujimori: TC dispone inmediata liberación de expresidente

diciembre 5, 2023 –
20:30.
Actualizado en noviembre 14, 2024 –
11:11.
TC dispone inmediata liberación de expresidente.
TC dispone inmediata liberación de expresidente.

El Tribunal Constitucional (TC) dispuso la liberación inmediata del expresidente Alberto Fujimori, al ejecutar su sentencia, del año 2022, que restituyó el indulto otorgado al exjefe de Estado.

Conforme al artículo 27 del Código Procesal Constitucional, el TC ordenó que el Instituto Nacional Penitenciario (INPE) disponga la excarcelación de Fujimori, quien se encuentra recluido en el penal de Barbadillo (Ate), cuyo director de dicho centro penitenciario también fue informado al respecto.

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Además, el máximo intérprete de la Carta Magna resolvió llamar severamente la atención al juez de Ica Vicente Fernández por declararse incompetente de ejecutar la sentencia que ordenó la liberación del exgobernante y devolver lo actuado al TC.

El auto que dispone la liberación del padre de Keiko Fujimori lleva las firmas de los magistrados Morales Saravia, Pacheco Zerga, Gutierrez Ticse. En tanto, el tribuno Helder Domínguez emitió un voto en singular en contra de esta decisión, pues consideró que quien debía ejecutar la excarcelación era el juez Fernández.

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Como se recuerda, todos estos magistrados emitieron un auto en donde se declararon improcedentes dos solicitudes de aclaración presentadas por el procurador del Poder Judicial y la defensa del exjefe de Estado sobre la sentencia del TC que concedió un habeas corpus, en el año 2022, para restituir el indulto otorgado por el expresidente Pedro Pablo Kuczynski a Alberto Fujimori, en el 2017.

Esta resolución fue derivada al juez de Ica Vicente Fernández, quien sostuvo no ser competente para ejecutar el fallo y devolvió lo actuado al TC, que resolvió, en última instancia, ordenar la liberación inmediata de Fujimori, la cual debería darse en las próximas horas.

CORTE-IDH

En el documento, se indica que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte-IDH) no tiene la competencia de ordenar a un Estado, en supervisión de cumplimiento de sentencia, no ejecutar una sentencia de un tribunal nacional.

No obstante, también se menciona que la Corte-IDH puede informar lo decidido por el TC a la Organización de los Estados Americanos (OEA).

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