El panorama legal de Nicanor Boluarte Zegarra se complica. El Primer Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional, liderado por el magistrado Richard Concepción Carhuancho, declaró infundada la excepción de improcedencia de acción interpuesta por la defensa del hermano de la expresidenta Dina Boluarte. Con este recurso, el investigado pretendía archivar de forma definitiva la pesquisa que se le sigue por el presunto delito de organización criminal en el denominado caso ‘Los Waykis en la Sombra‘.
Tras evaluar los argumentos de ambas partes, el juez Concepción Carhuancho concluyó de manera categórica que los hechos atribuidos a Boluarte Zegarra sí poseen un claro contenido penal. Por esta razón, el tribunal determinó que no corresponde un cierre anticipado, sino que el proceso debe continuar su curso regular en el marco de la etapa de investigación preparatoria.
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La defensa técnica había alegado que la Fiscalía modificó en reiteradas ocasiones la imputación jurídica sin añadir nuevos elementos, cuestionando además que se vincule la finalidad de la presunta red criminal con actividades del partido político Ciudadanos por el Perú.
Tesis fiscal contra Nicanor Boluarte: red operaba mediante designación de prefectos y control de entidades
La hipótesis del Ministerio Público sostiene que esta estructura criminal comenzó a operar en diciembre de 2022. Según la tesis fiscal, la red estaba compuesta por un entramado de funcionarios públicos y ciudadanos particulares que habrían instrumentalizado el aparato estatal.
El mecanismo principal consistía en intervenir directamente en el nombramiento estratégico de prefectos y subprefectos en múltiples regiones del país, entre las que destacan Lima, Apurímac, Puno, Junín, Ica, Cusco, San Martín y Cajamarca.
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El objetivo de este control territorial y administrativo, de acuerdo con la Fiscalía, era doble: por un lado, obtener beneficios económicos y políticos mediante el manejo de los cargos públicos; por el otro, recaudar aportes financieros y conseguir fichas de afiliación para lograr la inscripción oficial y el sostenimiento logístico de la agrupación política Ciudadanos por el Perú. Las pesquisas también apuntan a presuntas influencias ilícitas en los nombramientos de entidades clave como Provías Descentralizado y el Instituto Peruano del Deporte (IPD).
Finalmente, la resolución judicial subrayó que el delito de organización criminal es de carácter permanente, ya que sus efectos delictivos se prolongan en el tiempo mientras sus miembros sigan activos. Bajo esta premisa jurídica, el juzgado determinó la plena aplicación de la Ley 32138, normativa actualmente vigente que regula este tipo de delitos complejos en el ordenamiento penal peruano.






