El abogado José Tello, especialista en temas electorales, analizó la situación del candidato presidencial y comediante, Carlos Álvarez.
Tello señaló que la normativa vigente es sumamente específica sobre las causales de exclusión:
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“Lo que establece la norma es la sentencia condenatoria; esa es la única razón por la cual un candidato puede quedar fuera“.
En el caso particular del humorista Carlos Álvarez, quien enfrenta críticas por procesos legales antiguos, el experto fue enfático al precisar que, si existe una absolución, el ciudadano no enfrenta impedimento legal alguno para continuar en la contienda.
José Tello pide transparencia
Más allá de la legalidad, el debate se centra en la ética y la memoria histórica del país. José Tello remarcó que los candidatos presidenciales tienen la obligación de exponerse claramente ante la opinión pública.
Con más de 2.5 millones de nuevos electores jóvenes que votarán por primera vez, resulta vital que se conozcan los antecedentes de figuras como Álvarez o Alfonso López-Chau.
Este último también ha estado bajo el escrutinio por haber cumplido prisión en el pasado, aunque, al no registrar una sentencia firme en el Poder Judicial, su situación legal no impide su postulación.
“Está bien, tuvieron un pasado, pero hay que hacérselo recordar, y sobre todo a los electores“, manifestó.
Respecto a las omisiones patrimoniales, como el uso de vehículos a nombre de terceros, José Tello explicó que, si un bien pertenece a una empresa, el candidato no tiene responsabilidad directa sobre el objeto.
No obstante, sí está obligado a declarar su accionariado o participaciones en dicha sociedad.
Actualmente, las omisiones en la hoja de vida sobre bienes y rentas no conllevan una exclusión automática, sino que se aplican sanciones pecuniarias bajo un criterio de gradualidad, sin perjuicio de las acciones que pueda tomar el Ministerio Público por presunto delito de falsedad.
Fechas clave en el calendario electoral
El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) mantiene un proceso de fiscalización constante denominado “control posterior”.
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Según el cronograma, el proceso de inscripción debe finalizar el 11 de febrero, dando paso a un periodo de tachas y exclusiones que culmina el 13 de marzo.
Por último, el especialista advirtió que cualquier candidato que reciba una sentencia condenatoria por delito doloso durante el proceso puede ser retirado de la carrera electoral hasta un día antes de los comicios.





