Política


Jorge Luis Salas Arenas: CIDH pide a Corte IDH medidas provisionales para proteger a presidente del JNE

Según la CIDH, Salas Arenas es "objeto de campañas de acoso, estigmatización y cuestionamientos por parte de sectores políticos y sociales y de actos de intimidación, doxing, hostigamiento y amenazas de muerte".


Portada: Jorge Salas Arenas: CIDH pide a Corte IDH medidas provisionales para proteger a presidente del JNE Jorge Luis Salas Arenas, presidente del JNE. Fuente: DIFUSIÓN.

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Redacción Willax TV Redacción Willax TV

Campaña de victimización hizo eco en el extranjero. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) pidió, el pasado 18 de julio, a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) otorgar medidas provisionales para el presidente del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), Jorge Luis Salas Arenas, y su núcleo familiar, a fin de proteger sus derechos a la vida y la integridad personal.

En un comunicado, el organismo internacional informó que ha observado que, en el desempeño de sus funciones, Salas Arenas viene siendo supuestamente "objeto de campañas de acoso, estigmatización y cuestionamientos por parte de sectores políticos y sociales y de actos de intimidación, doxing (publicar información personal sin consentimiento), hostigamiento y amenazas de muerte".

Además, la CIDH indicó que están en riesgo las personas integrantes del núcleo familiar del titular del JNE, "en tanto pueden ser objeto de represalias por su vinculación familiar".

En ese sentido, alertó que las medidas implementadas por el Estado peruano "no han sido suficientes" para la mitigación de los elementos generadores de riesgo.

Por tal motivo, la CIDH ha solicitado a la Corte IDH que requiera al Estado del Perú adoptar las medidas adecuadas para proteger eficazmente los derechos a la vida e integridad personal de Jorge Salas Arenas, incluyendo a los integrantes de su núcleo familiar debidamente identificados.

También se plantea adoptar las medidas necesarias para abordar el patrón de causas generadoras del riesgo del presidente del máximo ente electoral, y mantener las medidas de protección que han venido siendo adoptadas.

"Las medidas provisionales son emitidas por la Corte en casos de extrema gravedad y urgencia para evitar daños irreparables a las personas. Las mismas tienen un carácter obligatorio para los estados, por lo que las decisiones contenidas en ellas exigen a los estados adoptar acciones específicas para resguardar derechos y/o proteger la vida de personas que están en riesgo", finalizó el documento.

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