El Poder Judicial dio un paso clave en la batalla legal emprendida por la exmandataria Dina Boluarte. La Primera Sala Constitucional de Lima admitió a trámite la acción de amparo interpuesta contra la vacancia presidencial ejecutada por el Congreso el pasado 10 de octubre, argumentando que la decisión se tomó bajo un procedimiento que vulneró derechos fundamentales.
La resolución judicial se sustenta en el artículo 42° del Código Procesal Constitucional, el cual faculta a las Salas Superiores para revisar demandas contra actos del Parlamento.
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En ese sentido, la Sala ha programado la “audiencia única” para el 12 de marzo de 2026 a las 9:00 a.m., cita en la que ambas partes deberán presentar sus argumentos de forma virtual. Asimismo, se ha otorgado un plazo de diez días hábiles al procurador del Congreso para que conteste la demanda.
Defensa de Dina Boluarte cuestionó plazo para defenderse de vacancia
Joseph Campos, abogado de Boluarte, sostiene que el proceso legislativo fue una “vacancia exprés”. Según el letrado, no se respetaron los plazos mínimos para preparar una defensa efectiva, contraviniendo la Constitución y la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
“Se quería hacer en 56 minutos y con un debate de madrugada”, cuestionó Campos, señalando que la falta de tiempo impidió una “defensa material” adecuada.
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Un precedente para el futuro
Más allá de la restitución simbólica, la defensa busca sentar un precedente jurídico. El objetivo es evitar que futuras gestiones presidenciales enfrenten procesos similares sin garantías.
Además, la demanda solicita específicamente que se retire la calificación de “incapacidad moral permanente” impuesta a Boluarte.
“Lo que buscamos es que no se vuelva a repetir este tipo de vacancias sin respetar derechos fundamentales. Pedimos que se le quite la calificación de incapaz moral porque no se le permitió defenderse”, puntualizó Campos.
El caso ahora queda en manos del sistema constitucional, que determinará si el Congreso excedió sus facultades.





