El Congreso promulgó la ley 32645, la cual incluye una disposición que prohíbe a inhabilitados dirigir los colegios profesionales.
La norma que incluye esta reforma es la Ley que crea el Colegio Profesional de Artistas del Perú (CPAP), la cual fue publicada este último sábado en El Peruano.
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La publicación en el diario oficial fue por orden del presidente del Congreso encargado, Fernando Rospigliosi.
Esto debido a que el primer mandatario, José María Balcázar, no promulgó ni observó la autógrafa.
Ley aprobada por el Congreso
La disposición que restringue a inhabilitados dirigir colegios presionales está en la primera disposición complementaria final, la cual dice:
“No pueden ser parte de la comisión organizadora ni ejercer cargo en los órganos de gobierno de los colegios profesionales, los inhabilitados para el ejercicio de la función pública”.
Según los críticos, la normativa tiene nombre: Delia Espinoza, quien fue inhabilitada de la función pública en dos oportunidades por el Congreso.
Debate en el pleno
Durante el debate de la Ley que crea el Colegio Profesional de Artistas del Perú (CPAP), el presidente de la Comisión de Educación, congresista Segundo Montalvo, presentó un texto sustitutorio quei incluyó la polémica disposición.
De acuerdo a Montalvo, la incorporación del párrafo fue a propuesta del congresista de Acción Popular, Luis Aragón.
El texto recibió el respaldo de 10 agrupaciones, las cuales son: Fuerza Popular, Alianza para el Progreso, Podemos Perú, Perú Libre, Renovación Popular, Juntos por el Perú, Somos Perú, Acción Popular, Avanza País, la Bancada Socialista y Honor y Democracia.
¿Delia Espinoza quedará fuera del CAL?
Ante la promulgación de la ley, el abogado Luciano López respondió si Delia Espinoza podría quedar fuera del CAL.
López sostuvo que al tratarse de una normativa que apunta a un colegio en particular, el impedimento no tiene alcance general sobre los colegios profesionales del Perú.
“La inclusión del impedimento se encuentra dentro de la disposición final relativa a quienes deban integrar la comisión organizadora encargada de elaborar el anteproyecto de estatuto del Colegio Profesional de Artistas del Perú”, indicó.
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“Dicho de otro modo, no es una norma aplicable a cualquier colegio profesional. Así que esa norma no es aplicable a Delia Espinoza”, señaló.
Como se recuerda, Delia Espinoza fue inhabilitada dos veces para ejercer función pública. La primera fue en diciembre de 2025 y la segunda en 2026.







