Pleno del Congreso aprobó en primera votación proyecto de ley que propone incorporar delitos de lesa humanidad al Código Penal

Con 54 votos a favor, el Legislativo respaldó el proyecto que tipifica estos crímenes en el Código Penal y limita su aplicación retroactiva.

junio 24, 2026 –
18:17.
Actualizado en junio 24, 2026 –
18:24.
Pleno del Congreso aprobó en primera votación proyecto de ley que propone incorporar delitos de lesa humanidad al Código Penal
Pleno del Congreso aprobó en primera votación proyecto de ley que propone incorporar delitos de lesa humanidad al Código Penal

El Pleno del Congreso de la República aprobó en primera votación el Proyecto de Ley 14337, el cual propone incorporar formalmente los delitos de lesa humanidad dentro del Código Penal peruano.

La iniciativa legislativa, impulsada por el parlamentario Fernando Rospigliosi (Fuerza Popular), busca establecer una regulación específica para estos crímenes internacionales de acuerdo con los criterios del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional. La reforma obtuvo 54 votos a favor, 29 en contra y 15 abstenciones, quedando pendiente una segunda votación definitiva tras un plazo de siete días calendario, según lo estipulado por el reglamento del Parlamento.

Delitos de lesa humanidad: nuevos criterios de tipificación y el Estatuto de Roma

El texto aprobado plantea la creación del Título XIV-B en el Código Penal para regular de manera estricta estas graves violaciones a los derechos humanos. De acuerdo con la propuesta, crímenes como el asesinato, la tortura, la desaparición forzada o la violación sexual solo podrán ser calificados jurídicamente como “lesa humanidad” si se demuestra rigurosamente que formaron parte de un ataque generalizado o sistemático contra la población civil, y que el autor tenía conocimiento de dicho contexto.

En caso de que las investigaciones no logren acreditar estos elementos concurrentes, los hechos deberán ser procesados obligatoriamente como delitos comunes bajo la legislación penal ordinaria vigente.

Congreso: vigencia, penas y el debate sobre la retroactividad

Una de las disposiciones más controvertidas de la norma es su aplicación a los procesos judiciales en trámite, así como a los casos con sentencia que actualmente se encuentren en fase de revisión, nulidad o bajo alguna garantía constitucional.

El documento reafirma de manera explícita que el Estatuto de Roma entró en vigencia en el territorio peruano el 1 de julio de 2002. Bajo este argumento legal, la propuesta sostiene que los hechos de violencia ocurridos con anterioridad a esa fecha no podrán ser juzgados ni sancionados bajo la tipificación de lesa humanidad. Respecto a las sanciones, la iniciativa fija penas privativas de la libertad que oscilan entre los 15 y los 30 años de prisión para quienes resulten responsables.

Tensiones en el pleno y el rechazo a la oposición

El debate en el hemiciclo estuvo marcado por una fuerte polarización política. Durante la sesión, la congresista Ruth Luque presentó una cuestión previa con la finalidad de que el dictamen regresara a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos para un análisis más profundo; sin embargo, el pleno rechazó la solicitud con 52 votos en contra.

Posteriormente, un pedido de reconsideración multipartidario planteado por los parlamentarios Edgard Reymundo, Sigrid Bazán, Flor Pablo y la propia Luque tampoco prosperó. Cabe recordar que este dictamen llegó al pleno tras haber sido aprobado el pasado 12 de mayo por la Comisión de Constitución y Reglamento.

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