Comisión de Constitución del Congreso aprobó restablecer la inmunidad parlamentaria

En el texto aprobado, se establece que la inmunidad vuelva a aplicarse recién a los senadores y diputados elegidos a partir del 2026.

mayo 20, 2025 –
16:12.
Actualizado en mayo 20, 2025 –
16:20.
Congreso: Comisión de Constitución aprobó restablecer la inmunidad parlamentaria

La Comisión de Constitución del Congreso aprobó, por voto en mayoría, restablecer la figura de la inmunidad parlamentaria en la Carta Magna.

El predictamen obtuvo 14 votos a favor, 13 en contra y cinco abstenciones, por lo que se encuentra expedito para agendarse y debatirse en el próximo Pleno.

El texto, aprobado este martes por dicho grupo de trabajo que preside el congresista Fernando Rospigliosi, establece que la inmunidad volverá a aplicarse para los senadores y diputados que sean elegidos desde el 2026 y en adelante. No obstante, el texto sustitutorio resalta que esto no se aplicará en caso de procesos judiciales previos a la elección del legislador.

El autor de la iniciativa es el parlamentario Wilson Soto, de Acción Popular, quien también sustentó la misma.

“No pueden ser procesados penalmente”

Asimismo, dicho dictamen se basa en la modificación del artículo 93 de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley 31988, Ley de reforma constitucional, la cual restablece la Bicameralidad en el Congreso.

En ese sentido, desde que son elegidos y hasta un mes después de haber cesado en sus funciones, “los senadores y diputados no pueden ser procesados penalmente, ni presos sin previa autorización de la cámara respectiva a la que pertenecen o de la Comisión Permanente“.

Al respecto, este pronunciamiento debe darse en un plazo improrrogable de 30 días calendario. 

En caso de delito flagrante, deben ser puestos de inmediato a disposición de su respectiva cámara o de la Comisión Permanente para que, dentro de las 24 horas, autorice o no la privación de la libertad y el enjuiciamiento“, precisa.

Vencido los plazos señalados, para cada caso sin pronunciamiento, son puestos inmediatamente a disposición de la Corte Suprema de Justicia, la cual debe declarar, mediante resolución firme, si ha lugar o no a la formación de causa, procediendo a su desafuero y poniéndolos a disposición del juez competente“, agrega el texto.

Vale recordar que la inmunidad parlamentaria había sido eliminada en el 2021 a decisión del Congreso de ese entonces.

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