La agricultura, manufactura, construcción, comercio y servicios se reactivaran en esta segunda fase.
El Gobierno aprobó la Fase 2 de la reanudación de actividades económicas en el contexto del marco del estado de emergencia sanitaria por la expansión del virus Covid-19 en el país.
Mediante Decreto Supremo Nº 101-2020-PCM, publicado la edición extraordinaria de las normas legales del diario oficial El Peruano, se informa que la aplicación de la Fase 2 de la reactivación económica comienza a partir de la vigencia del mencionado decreto supremo.
Además, se faculta al Ministerio de Producción (Produce) que, durante la Fase 2, se disponga el comienzo de actividades de los conglomerados productivos y/o comerciales a nivel nacional, esto mediante la respectiva coordinación con los gobiernos locales y los sectores Interior, Defensa y Salud.
La mencionada reanudación será sin presencia del público, priorizando la venta de manera eléctronica, pudiendo entregar los productos a domicilio a través de una logística propia o por medio de terceros.
Sin embargo, los departamentos de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Loreto, Ucayali, Ica y las provincias de Santa, Huarmey y Casma, del departamento de Áncash, no podrán retomar las mencionadas actividades.
Cabe mencionar que las empresas, entidades, personas jurídicas o naturales que realicen sus actividades por medios de conglomerados productivos y/o comerciales, deben cumplir con los protocolos sanitadrios aprobados por la Autoridad Sanitaria Nacional.





