El Gobierno confirma un bono excepcional de S/100 para miles de trabajadores del sector público. Este beneficio llega gracias a la Ley del Presupuesto Público 2026, ya publicada en El Peruano. Sin embargo, no todos lo recibirán automáticamente.
Presupuesto oficializado impulsa el bono
Primero, la Ley del Presupuesto Público ya se promulgó en el diario El Peruano. Por eso, oficializa medidas clave para el próximo año. Entre ellas destaca el bono de S/100 acordado en el Convenio Colectivo Centralizado de este año.
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Además, el Presupuesto público aprobado contempla “el otorgamiento de un bono excepcional, y por única vez, de S/100″ para servidores específicos. De hecho, este pago máximo ocurrirá en enero de 2026, con trámite desde diciembre de 2025.
Dos condiciones estrictas para recibirlo
Sin embargo, los trabajadores deben cumplir dos requisitos obligatorios. En primer lugar, figuren registrados en el AIRHSP (Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público) del Ministerio de Economía y Finanzas al 30 de junio de 2025.
Asimismo, mantengan vínculo laboral vigente a la fecha exacta del pago en enero de 2026. “Para el caso de las entidades del Gobierno Nacional y los gobiernos regionales, el personal beneficiario debe cumplir de manera conjunta lo siguiente: encontrarse registrado en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) del Ministerio de Economía y Finanzas al 30 de junio de 2025; y, contar con vínculo laboral vigente a la fecha de pago del bono excepcional”, resalta la Ley.
Por otro lado, en gobiernos locales aplica lo mismo. Así, deben registrarse en el AIRHSP provisional o en la Planilla Electrónica (PDT PLAME) del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, según corresponda, al cierre de junio de 2025. Finalmente, conserven el vínculo laboral activo al momento del cobro.
Regímenes laborales que acceden al bono
En concreto, el bono beneficia a servidores de varios regímenes. Por ejemplo, empleados bajo Decretos Legislativos 276, 728 y 1057. También alcanza a quienes siguen Leyes 30057, 29709 y 28091 en Gobiernos Nacionales, Regionales y Locales.
Además, “El bono excepcional se paga por única vez como máximo en el mes de enero de 2026, cuyo trámite inicia en diciembre del Año Fiscal 2025. El referido bono excepcional no tiene carácter remunerativo, no está afecto a cargas sociales, no es de naturaleza pensionable, y no forma parte de los beneficios laborales”, aclara la Ley del presupuesto.
Caso especial para altos cargos
Finalmente, servidores en niveles de funcionarios y directivos del Decreto Legislativo 276 reciben atención especial. Excepcionalmente, perciben el bono si no ejercen cargos directivos ni de confianza. Sin embargo, su entidad debe identificarlos y sustentar ante el Ministerio de Economía y Finanzas, con previa opinión de la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir).
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Por ende, miles de servidores públicos preparan su registro para no perder este beneficio único.








