Congreso abrió una puerta giratoria de privilegios: expresidentes procesados pueden reclamar su pensión vitalicia

Un fallo judicial a favor de Pedro Castillo expone cómo una decisión previa del Congreso sobre Alberto Fujimori abrió la puerta a este beneficio.

octubre 3, 2025 –
22:40.
Actualizado en octubre 3, 2025 –
22:54.
Congreso
Congreso y la pensión vitalicia para expresidentes.

Un nuevo debate ha cobrado fuerza en el Congreso de la República. Gira en torno al derecho de los expresidentes a recibir una pensión vitalicia, incluso cuando enfrentan serios cuestionamientos legales por corrupción y otros delitos graves.

Un fallo del Segundo Juzgado Constitucional Transitorio de Lima ha puesto el tema en el centro de la atención pública. La decisión judicial favoreció a Pedro Castillo, quien reclamaba su pensión desde que fue vacado de la presidencia en diciembre de 2022 tras un intento de golpe de Estado.

El monto de este beneficio asciende a más de quince mil soles mensuales, una cifra equivalente al sueldo de un congresista en funciones. El Congreso había negado la solicitud de Castillo, amparándose en la ley que suspende este derecho para exmandatarios con una acusación constitucional en curso.

Congreso cambió las reglas

La controversia tiene su origen en la Ley N.º 26519, aprobada en 1995. Esta norma estableció el derecho a la pensión vitalicia para los expresidentes constitucionales; es decir, aquellos que llegaron al poder mediante el voto popular. La ley incluía una salvaguarda clave: el beneficio se suspende si el exmandatario tiene una acusación constitucional pendiente, a menos que una instancia judicial lo declare inocente.

Sin embargo, esta disposición fue reinterpretada en 2024. Ese año, el Congreso aprobó reconocer el derecho de Alberto Fujimori a recibir su pensión vitalicia, a pesar de tener condenas por violaciones a los derechos humanos y delitos de corrupción. El argumento utilizado fue que exigir una declaración de inocencia para otorgar el pago atentaba contra el principio de presunción de inocencia.

Esta medida sentó un precedente legal de enorme impacto. Con esta decisión, el Congreso habilitó a que otros expresidentes en situaciones similares pudieran reclamar el mismo trato, invocando el derecho a la igualdad ante la ley. Precisamente este fue el argumento central en la defensa de Pedro Castillo.

El juez a cargo del caso de Castillo determinó que no se podía aplicar un criterio distinto en casos análogos. Si a Alberto Fujimori se le concedió el beneficio bajo ciertas condiciones, negárselo a Castillo constituiría un trato desigual. De esta manera, el exmandatario ganó el derecho a su pensión no por una demostración de inocencia, sino por la aplicación de un precedente establecido por el propio Congreso.

Un debate de fondo sin resolver

El caso ha puesto de manifiesto las consecuencias de las decisiones parlamentarias, que ahora limitan la capacidad del mismo Congreso para negar beneficios a exmandatarios procesados. La puerta giratoria que se abrió con el caso Fujimori ahora permite el paso de otros, generando un intenso debate político.

Más allá de los casos puntuales, la situación ha reavivado una discusión sobre el alcance de la Ley N.º 26519. La norma no define con claridad qué se entiende por “expresidente constitucional”. Esto abre la interrogante de sí el beneficio corresponde únicamente a quienes fueron elegidos en las urnas por un período completo.

La ambigüedad legal deja abierta la posibilidad de que exmandatarios que ocuparon el cargo de forma interina o por períodos muy breves también puedan reclamar este derecho. Nombres como Valentín Paniagua, Francisco Sagasti o Manuel Merino podrían, en teoría, solicitar la pensión vitalicia, ampliando aún más el debate sobre los privilegios y responsabilidades de quienes ocupan el más alto cargo de la nación.

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