Congreso aprobó declarar el 28 de setiembre de cada año como Día del Himno Nacional

El Congreso oficializó el 28 de setiembre como Día del Himno Nacional del Perú con el fin de fortalecer la identidad.

septiembre 11, 2025 –
14:02.
Actualizado en septiembre 11, 2025 –
14:02.
Congreso
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El Pleno del Congreso aprobó el dictamen que declara Día del Himno Nacional del Perú el 28 de setiembre de cada año, con la finalidad de fortalecer y reafirmar la identidad nacional.

La iniciativa se aprobó con 59 votos a favor, 34 en contra y 14 abstenciones.

Susel Paredes, quien sustentó la iniciativa, dijo que la medida “es un acto de justicia histórica, proceso de riguroso trabajo de investigación, opiniones de ministerios y universidades”.

Historia del himno nacional

El 28 de setiembre de 1821 es conmemorado como el día en el que el himno nacional se interpretó oficialmente por primera vez por la soprano doña Rosa Merino, de conformidad con la prórroga oficial del concurso dispuesta por don José de San Martín y Matorras, publicada en la Gaceta de Gobierno del 19 de setiembre de 1821.

De acuerdo con el dictamen aprobado, se declara el 28 de setiembre de cada año, día cívico patriótico laborable.

Congreso plantea que himno se entone todos los 28 de setiembre

De igual manera, se dispone que el himno nacional del Perú se entone el 28 de setiembre de cada año, a las 12:00 horas, en un acto protocolar a realizarse en todas las entidades públicas y privadas, así como en todas las instituciones educativas.

Se señala también que, a la misma hora, la entonación del himno nacional se transmita a través de los medios de comunicación de alcance nacional, regional y local, tales como la radio, la televisión o las plataformas digitales.

Mindef planteó a la prensa difundir el himno nacional

Meses atrás, el Ministerio de Defensa (Mindef) planteó a los medios de comunicación a difundir de manera obligatoria diariamente el himno nacional en dos horarios: a las 8:00 a.m. y 6:00 p.m.

“Los medios de comunicación que emitan su señal por radiodifusión abierta, televisión por cable, señal satelital o plataformas digitales -y que cuenten con programación continua o en vivo- deben difundir diariamente el himno nacional a las 08:00 y a las 18:00 horas”, reza el artículo 47 del proyecto de reglamento de la Ley 3225.

Añadia, además: “El Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú (IRTP), a través de TV Perú, Radio Nacional y sus plataformas digitales, debe difundir diariamente el himno nacional del Perú a las 00:00 horas y a las 12:00 horas”.

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