La Fiscalía de la Nación emitió un pronunciamiento sobre la demanda de inconstitucionalidad que el defensor del Pueblo presentó contra la Ley de Extinción de Dominio ante el Tribunal Constitucional.
A través de su cuenta de X, el Ministerio Público señaló que esta ley no vulnera el derecho a la propiedad, pues la adquisición de bienes ilícitos no exime la ilegalidad del inmueble.
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"La extinción de dominio no es una confiscación ni expropiación, sino una restauración del orden jurídico; la posesión no legaliza los bienes adquiridos mediante la comisión de delitos. (…) No se trata de una expropiación arbitraria, sino de una medida legal, que protege incluso a terceros de buena fe, que se justifica como medida proporcional al interés superior de combatir la criminalidad", indicó.
Asimismo, la Fiscalía señaló que, de proceder esta demanda de inconstitucionalidad, significaría un "grave retroceso en la lucha contra la criminalidad". En ese sentido, exhortó al Tribunal Constitucional rechazar este recurso.
"De prosperar la demanda presentada por el Defensor del Pueblo, sería un grave retroceso en la lucha contra la criminalidad en todas sus formas y en los esfuerzos desplegados por el Estado para terminar con el elevado nivel de informalidad económica que existe en nuestro país. Exhortamos al Tribunal Constitucional que, por los motivos expresados, declare infundada dicha demanda en Su oportunidad", sentenció.
Comunicado de la Junta de Fiscales Supremos que rechaza la demanda de inconstitucionalidad formulada por el Defensor del Pueblo en contra de algunos artículos del Decreto Legislativo n.° 1373, sobre Extinción de Dominio. pic.twitter.com/87V119zLED
— Ministerio Público (@FiscaliaPeru) August 13, 2024





