El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) admitió -por unanimidad- a trámite la demanda de inconstitucionalidad que interpuso el Ejecutivo en contra el Congreso por la ley que regula la cuestión de confianza al desarrollar los artículos 132 y 133 de la carta magna.
El caso fue visto esta mañana por los magistrados Marianella Ledesma Narvaez (presidenta), Augusto Ferrero Costa, Manuel Miranda Canales, Ernesto Blume Fortini, José Luis Sardón y Eloy Espinoza-Saldaña (ponente del caso).
Ahora, el TC deberá notificar al Parlamento, para que este poder del Estado pueda contestar la demanda en un plazo de 30 días hábiles.
Como se recuerda, el Legislativo aprobó por insistencia la norma que establece que el Ejecutivo no puede interponer cuestiones de confianza por temas que son que son de competencia exclusiva y excluyente del Congreso o de otros organismos constitucionalmente autónomos, ni por reformas constitucionales.
Además, el dispositivo precisa que que la aprobación o no de la cuestión de confianza solo puede ser interpretada por el Parlamento, con lo que se descarta una “interpretación fáctica”.
DATO
Para que la ley sea declarada “inconstitucional”, deberá obtener cinco votos de los seis magistrados que actualmente integran el Pleno del TC.





