Este domingo 8 de octubre es feriado por el Combate de Angamos, en el marco del fallecimiento del héroe nacional Miguel Grau, el cual se suma al sábado 7 y al lunes 9, día no laborable decretado por el Ejecutivo.
De acuerdo al Decreto Supremo N° 151-2022-PCM, el 9 de octubre es un día no laborable. Este descanso aplica para los trabajadores del sector público y, a diferencia de un feriado calendario, las horas dejadas de laborar deben compensarse en los diez días inmediatos posteriores, o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública.
En el caso del sector privado, cuyo acogimiento a esos días no laborables es voluntario, corresponderá al empleador y los trabajadores fijar de común acuerdo la forma como se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar, teniendo en cuenta que a falta de acuerdo decidirá el empleador.
Feriados calendarios y no laborables que restan en el 2023
- Domingo 8 de octubre: combate de Angamos
- Lunes 9 de octubre: día no laborable
- Miércoles 1 de noviembre: Día de Todos los Santos
- Jueves 7 de diciembre: día no laborable
- Viernes 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción
- Sábado 9 de diciembre: batalla de Ayacucho
- Lunes 25 de diciembre: Navidad
- Martes 26 de diciembre: día no laborable
- Lunes 1 de enero: Año Nuevo 2024
¿Cuánto me deben pagar por trabajar el 8 de octubre?
Sunafil indica que si trabajas durante este feriado sin descanso sustitutorio tienes derecho a triple pago, que corresponde a:
- La remuneración correspondiente al día feriado (ya incluida en la remuneración mensual que percibes).
- La remuneración diaria correspondiente a la mano de obra efectuada.
- Un monto adicional equivalente a una sobretasa del 100 % de la remuneración diaria correspondiente a la mano de obra efectuada.





