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Restricciones por Año Nuevo: horarios, multas y qué no hacer este 31 de diciembre y 1 de enero


Portada: Restricciones por Año Nuevo: horarios, multas y qué no hacer este 31 de diciembre y 1 de enero

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Redacción Willax TV Redacción Willax TV

La ciudadanía tendrá que acatar algunas restricciones para el 31 diciembre y 01 de enero con motivo de las celebraciones por Año Nuevo, y ante el avance de la variante ómicron (COVID-19) en el Perú.

Toque de queda


La inmovilización social obligatoria iniciará desde las 11 p.m. del viernes 31 de diciembre, hasta las 4 a.m. del sábado 1 de enero en todo el territorio nacional. Este nuevo horario se oficializó a través del Decreto Supremo 186-2021-PCM.

Asimismo, en la referida norma se establece que durante el mencionado horario está prohibida toda reunión social que se organice en el territorio peruano, incluidos los eventos sociales y visitas de familiares.

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Autos particulares


En comparación al 2020, el Ejecutivo no emitió ninguna restricción relacionada al uso de vehículos particulares o el tránsito de los mismos durante las vísperas de Año Nuevo, a excepción del horario de toque de queda.

Viajes interprovinciales


El mencionado decreto también indica que los pasajeros del servicio de transporte interprovincial terrestre mayores de 18 años, en los cuatro niveles de alerta, solo podrán viajar si acreditan su dosis completa de vacunación en el Perú o en el extranjero; o en su defecto, pueden presentar una prueba molecular negativa con fecha de resultado no mayor a 72 horas antes de abordar.

Playas cerradas


El Ministerio de Salud informó que las playas del territorio nacional estarán cerradas del 31 de diciembre de 2021 al 1 de enero de 2022 para evitar aglomeración de personas y contagios del coronavirus tras la presencia de la variante Ómicron del COVID-19 en país.

“Se establece la necesidad que se restrinja durante este estado de emergencia nacional (...), todo lo que tiene que ver con la ocupación de algunos espacios públicos como es el tema de las playas. (...). Asimismo, se establece a nivel nacional los días 31 de diciembre y 1 de enero de 2022 como fechas donde no se haga uso de las zonas de descanso de arenas o piedras inmediatamente colindantes con el mar, con la zona de mar, de la rivera de ríos, lagos o lagunas ni de piscinas públicas”, indicó el titular de Salud, Hernando Cevallos.

Multas por desacatar las restricciones



  • Circular por la calle sin pase laboral, si corresponde. Multa: S/ 264.00

  • Salir de casa durante el aislamiento social obligatorio, por motivos distintos a comprar víveres o medicinas, trasladar a un centro médico personas cuya vida corre peligro, acudir al banco para cobrar un subsidio económico por coronavirus, retornar a tu lugar de residencia habitual, o para una salida corta cerca de casa por máximo 1 hora. Multa: S/ 220.00

  • Circular por la vía pública sin usar la mascarilla de uso obligatorio. S/ 352.00

  • Desobedecer la disposición de una persona por familia para adquirir víveres o productos farmacéuticos. Multa: S/ 220.00

  • No respetar el metro de distancia obligatorio, o formar aglomeraciones en los mercados o supermercados cuya apertura está permitida. Multa: S/ 88.00

  • Circular con vehículo particular por motivos diferentes a los permitidos por el Decreto Supremo 046-2020-PCM, y regulados por el Ministerio del Interior (Mininter) y el Ministerio de Defensa (Mindef). Multa: S/ 352.00

  • Salir de casa durante la inmovilización social obligatoria. S/ 440.00

  • Transitar la vía pública durante la inmovilización social obligatoria de los domingos (24 horas). Multa: S/ 396.00

  • Desarrollar actividades económicas no previstas en el artículo 4 del Decreto Supremo N° 044-2020-PCM. Revisa las que sí tienes permitidas. Multa: S/ 308.00

  • Desarrollar actividades sociales, recreativas, culturales, religiosas, de aglomeración o concurrencia masiva/no masiva en la vía pública. Multa: S/ 396.00

  • No portar documento de identidad al salir o negarte a identificarte si te lo exige un integrante de la PNP o de las Fuerzas Armadas (FF. AA.). Multa: S/ 440.00


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