Este sábado 25 de noviembre, el Poder Ejecutivo promulgó la ley que prohíbe el matrimonio de menores de edad. Ello se hizo oficial tras la publicación que se hizo en el diario El Peruano.
Como se recuerda, el pasado 1 de noviembre, el Pleno del Congreso aprobó con 113 votos a favor el dictamen que impide que dos personas menores de 18 años puedan contraer nupcias.
Además, la norma señala que la "persona menor de edad, de forma directa y sin intermediarios, tiene la facultad de solicitar la anulabilidad del matrimonio que haya contraído con anterioridad a la vigencia de la presente ley".
Con esta ley, se elimina la posibilidad de que los agresores sexuales de menores de edad eludan responsabilidades legales a través del matrimonio con sus víctimas. Los defensores de los derechos de niños y adolescentes han acogido esta medida legislativa como un logro histórico en el país.
Asimismo, otro de los cambios sustanciales radica en el artículo 46 que antes indicaba que "la incapacidad de las personas mayores de dieciséis (16) años cesa por matrimonio o por obtener título oficial que les autorice para ejercer una profesión u oficio".
Dicha parte ha sido anulada del Código Civil, y se ha incorporado el artículo 46-A que señala que "la incapacidad de las personas mayores de dieciséis (16) años cesa por obtener título oficial que les autorice ejercer profesión u oficio. No se aplica para contraer matrimonio".





