ONPE sanciona a Juntos por el Perú: partido de Roberto Sánchez deberá pagar S/88 mil

La organización política no sustentó debidamente sus aportes de campaña del año 2021.

abril 28, 2026 –
14:14.
Actualizado en abril 28, 2026 –
14:15.
ONPE sanciona a Juntos por el Perú
ONPE sanciona a Juntos por el Perú

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) ratificó una sanción económica contra la organización política Juntos por el Perú (JPP), liderada por Roberto Sánchez.

La medida impone una multa de S/88,000 debido a la falta de sustentación adecuada de los aportes de campaña correspondientes al proceso electoral del año 2021.

Esta decisión administrativa quedó oficializada mediante la resolución 14-2026-JN/ONPE, la cual lleva la rúbrica del jefe interino de la institución, Bernardo Pachas.

Irregularidades en los aportes de campaña de 2021

El origen de la sanción radica en el incumplimiento de las normas de transparencia financiera durante la campaña que postulaba a Verónika Mendoza.

Según el documento emitido por la ONPE, al cual tuvo acceso el diario Perú 21, el partido político no cumplió con la presentación de 88 recibos que debían contener las firmas de los supuestos aportantes.

El organismo electoral precisó que cada uno de los aportes bajo cuestionamiento, tanto en efectivo como en especie, ascendía a un monto de S/1,000.

Ante la ausencia de los documentos que validaran dicha información financiera, la autoridad determinó imponer una multa equivalente a 16 Unidades Impositivas Tributarias (UIT).

Considerando que el valor de la UIT para el año 2026 es de S/5,500, el monto total a pagar por la agrupación se fijó en S/88,000.

ONPE ratifica sanción

Tras la notificación de la decisión en primera instancia, ocurrida el 15 de marzo de 2026, Juntos por el Perú presentó un recurso de apelación.

El argumento central de la defensa del partido sostenía que los hechos investigados ya habían prescrito, basándose en el plazo de cuatro años que estipula la Ley de Organizaciones Políticas para este tipo de infracciones.

No obstante, en el fallo de segunda instancia, la ONPE desestimó dicho argumento legal.

La resolución aclaró que la normativa vigente establece que, si el procedimiento sancionador se inicia antes de que se cumpla la fecha de prescripción, el proceso se mantiene plenamente vigente.

El organismo sentenció que la conducta infractora está acreditada por la inobservancia de la norma y las obligaciones atribuibles a la organización política, confirmando la existencia de medios probatorios suficientes en el expediente.

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