El Poder Judicial archivó el proceso penal por presunta colusión simple contra el vacado expresidente Martín Vizcarra, luego de que la Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional declarara fundada una excepción de litispendencia, decisión adoptada el 16 de diciembre, cuando el juicio oral estaba próximo a iniciarse, en el marco de los casos Lomas de Ilo y Hospital de Moquegua.
La resolución alcanzó a Vizcarra Cornejo, investigado por presuntamente favorecer a consorcios empresariales durante su gestión como autoridad regional, y determinó que continuar con el proceso vulneraba garantías constitucionales al tratarse de hechos ya sometidos a juzgamiento.
Sala concluye duplicidad de procesos
La sala sostuvo que mantener dos procesos penales basados en los mismos hechos punibles, aun cuando tengan calificaciones jurídicas distintas, afecta el principio constitucional de no ser juzgado dos veces por los mismos hechos.
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En ese sentido, el colegiado consideró que la coexistencia de expedientes paralelos podía generar decisiones contradictorias y una reiteración innecesaria de procedimientos judiciales.
Alcances de la litispendencia
La litispendencia es una figura del derecho procesal que se configura cuando existe un juicio en curso entre las mismas partes, por el mismo asunto y con idénticos fundamentos, lo que impide la apertura de un proceso adicional.
Su finalidad es preservar la seguridad jurídica y el debido proceso, evitando duplicidades que comprometan la coherencia del sistema judicial.
Pedidos fiscales y civiles
En este caso, el fiscal Germán Juárez Atoche había solicitado 10 años de prisión y el pago de 39 mil 390 soles como días-multa contra Vizcarra por el presunto delito de colusión simple, vinculado a las licitaciones de Lomas de Ilo y la ampliación del Hospital de Moquegua, Nivel II-2.
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De manera paralela, la Procuraduría AD HOC para los casos Odebrecht y Lava Jato pidió el pago de 37 millones de soles por concepto de reparación civil a favor del Estado.
Condena vigente de Martín Vizcarra
Más allá del archivo del proceso por colusión simple, el Poder Judicial condenó el pasado 26 de noviembre a Martín Vizcarra a 14 años de prisión por el delito de cohecho pasivo relacionado con los mismos proyectos.
La sentencia, que viene cumpliendo en el penal de Barbadillo, estableció seis años de cárcel por el caso Lomas de Ilo y ocho años por el Hospital de Moquegua, penas que conforman la condena total impuesta al exmandatario.
#Importante La Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional declaró fundado el recurso de apelación interpuesto por Martín Vizcarra y revocó la decisión de primera instancia que pretendía continuar con un proceso por el delito de colusión simple, relacionado con obras en Moquegua. pic.twitter.com/wPmCYkCaul
— Corte Superior Nacional (@csnjpeOficial) December 22, 2025





