El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) ha puesto un punto final a la controversia interna de Acción Popular. Mediante el Auto N.º 1, el colegiado declaró improcedente el pedido de nulidad interpuesto por los representantes de la organización política contra la Resolución N.º 745-2025-JNE, la cual invalidó sus elecciones primarias con miras a los comicios generales de 2026.
La defensa del partido de la lampa intentó revertir la decisión del 11 de diciembre de 2025 bajo argumentos de presuntas afectaciones al debido proceso, al derecho de elegir y ser elegido, y una supuesta vulneración al principio de legalidad. No obstante, el tribunal electoral fue enfático al señalar que sus decisiones poseen un carácter definitivo e inimpugnable.
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Postura del JNE
El JNE precisó que, de acuerdo con el artículo 23 de su Ley Orgánica y el artículo 181 de la Constitución Política, lo resuelto por el órgano colegiado no puede ser revisado en ninguna otra vía.
“Lo resuelto por este supremo tribunal electoral constituye cosa juzgada en materia electoral”, dicta el documento oficial, cerrando cualquier posibilidad de reevaluación técnica o jurídica.
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Consecuencias para Acción Popular
Esta medida implica un duro golpe para la estrategia de Acción Popular, que ahora se queda sin el respaldo legal para validar los resultados de su proceso interno anterior. El tribunal subrayó que cualquier solicitud adicional de revisión resulta improcedente por la naturaleza de sus funciones jurisdiccionales.
Finalmente, el JNE informó que, al no existir trámites pendientes ni actuaciones adicionales por realizar, se ha dispuesto el archivo definitivo del expediente.
Con este escenario, el partido fundado por Fernando Belaúnde Terry enfrenta el desafío de reorganizar su participación electoral bajo los estrictos plazos del cronograma vigente, mientras la autoridad electoral reafirma la autonomía de sus fallos en salvaguarda de la seguridad jurídica del país.






