Dina Boluarte no recibirá pensión vitalicia: ¿cuáles son los argumentos del Congreso?

Un informe técnico del Parlamento concluyó que la expresidenta no reúne las condiciones exigidas por ley para acceder al pago mensual destinado a ex jefes de Estado.

diciembre 25, 2025 –
19:00.
Actualizado en diciembre 22, 2025 –
16:39.
Dina Boluarte, expresidenta de la República.
Dina Boluarte, expresidenta de la República.

El Congreso de la República resolvió declarar improcedente la solicitud de pensión vitalicia presentada por la expresidenta Dina Boluarte, luego de evaluar un informe técnico que analizó su situación legal tras su salida del cargo y los alcances de la normativa vigente.

El pedido apuntaba a activar el pago mensual destinado a exmandatarios, cuyo monto asciende actualmente a S/ 35,568, además de otros beneficios adicionales solicitados tras dejar la presidencia, según reveló el noticiero Al Día con Willax.

Sustento legal del informe parlamentario

De acuerdo con el documento elaborado por el Parlamento, Boluarte no cumple con los requisitos establecidos en la Ley N.° 26519, que regula el otorgamiento de pensiones vitalicias a ex jefes de Estado.

El informe precisa que la norma está diseñada para reconocer a quienes hayan sido elegidos mediante sufragio popular y hayan ejercido la presidencia durante un período completo, condiciones que no se ajustan al caso de la exmandataria.

Sucesión constitucional y período inconcluso

Uno de los argumentos centrales es que Dina Boluarte no fue elegida por voto directo para ocupar la presidencia. El texto señala que asumió el cargo en diciembre de 2022 tras la vacancia de Pedro Castillo, lo que la ubica en una situación distinta a la de un gobernante electo en plancha presidencial.

A ello se suma el incumplimiento del período íntegro de gobierno. La normativa vigente exige el ejercicio completo de los cinco años de mandato, un requisito que Boluarte no alcanzó durante su gestión.

Destitución como factor determinante

El factor decisivo para el rechazo fue su salida del poder. El pasado 10 de octubre, el Pleno del Congreso aprobó su destitución por incapacidad moral permanente, una causal que, según el informe, invalida el principio de “ejercicio probo” que la pensión vitalicia busca reconocer.

Esta condición, señala el Parlamento, resulta incompatible con el espíritu de la ley que ampara el beneficio económico para exdignatarios.

Beneficios adicionales sin pronunciamiento

Además de la pensión vitalicia, la solicitud incluía pedidos de seguridad personal, asesor, vehículo oficial, asignación de combustible y seguro privado, beneficios contemplados para expresidentes.

No obstante, el pronunciamiento del Congreso se limitó exclusivamente al aspecto económico, dejando sin evaluación, por el momento, los demás requerimientos formulados por Dina Boluarte.

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