El congresista José Luna Gálvez (Podemos Perú) presentó el Proyecto de Ley 10228, que plantea que las operadoras de telecomunicaciones son responsables por el uso prohibido del servicio para establecer comunicaciones con fines delictivos.
La iniciativa del parlamentario propone que sean las telecomunicaciones, como Claro, Movistar, Bitel y Entel, las obligadas a retirar las antenas de telefonía móvil o satelital que están alrededor de los penales.
“Las empresas operadoras deberán adoptar mecanismos que impidan las comunicaciones ilegales en los establecimientos penitenciarios y centros juveniles, así como coadyuvar a los sistemas y equipos de seguridad tecnológica implementados por ellos y las entidades competentes”, señaló el legislador.
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El proyecto de ley que, si bien se debe salvaguardar los derechos de acceso a las telecomunicaciones de las poblaciones aledañas, en las zonas restringidas y de alta seguridad, primará el derecho a la seguridad ciudadana.
PROPONEN REGULAR LAS OBLIGACIONES Y SANCIONES
El proyecto de ley propone modificar el Decreto Legislativo 1688, que regula obligaciones y sanciones administrativas para las empresas operadoras de servicios públicos de telecomunicaciones en relación con las comunicaciones ilegales en establecimientos penitenciarios y centros juveniles.
“No podemos permanecer impasible ante le incremento de la criminalidad cada vez más violenta. Las extorsiones se han incrementado con una estela de brutales asesinatos. Todos debemos asumir nuestra responsabilidad y las empresas operadoras de telecomunicaciones no deben ser la excepción. Cuentan con la tecnología, el conocimiento e incluso el personal capacitado para detectar el uso inadecuado, sus señales y antenas de telefonía móvil en áreas prohibidas, como los centros penitenciarios y juveniles”, subrayó el parlamentario.
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Luna Gálvez explicó que, en cuanto al plazo para que las operadoras a solicitud del Ministerio Público, del INPE o de la Policía Nacional proporcionen la información sobre datos de titularidad del equipo móvil y del abonado, así como el reporte de llamadas realizadas, debe ser dentro de las 24 horas.
PROYECTO DE LEY






