El abogado de Dina Boluarte, Juan Carlos Portugal, saludó al Tribunal Constitucional por declarar fundada la demanda competencial que interpuso el Ejecutivo contra el Ministerio Público y el Poder Judicial.
Como se sabe, el TC determinó que un presidente en funciones no puede ser investigado hasta el término de su mandato. Es así que las investigaciones en curso contra la jefa de Estado quedan suspendidas.
En declaraciones a RPP, Portugal consideró que el máximo intérprete de la Constitución “ha respetado la Constitución y no la ha relajado”.
“Esta discusión existe desde que la Corte Suprema, con motivo del caso Pedro Castillo, pudo respetar la Constitución, pero optó por interpretaciones distintas. Fijó que cuando la carta magna menciona la palabra ‘acusación’, debe entenderse en el sentido más estricto”, manifestó.
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Asimilismo, el letrado calificó como “impropia” la lectura que permitía actos de investigación ordinarios mientras un presidente estaba en funciones.
El abogado de Dina Boluarte recalcó que, de acuerdo con la sentencia del TC, el Ministerio Público “solo puede hacer pedidos de información, no puede realizar otros actos de investigación como allanamientos ni incautaciones”.
ABOGADO DE BOLUARTE: “DECISIÓN EQUILIBRADA”
Juan Carlos Portugal precisó también que si surge la necesidad de recoger testimonio de la presidenta, el propio fiscal deberá acercarse hasta en dos ocasiones al despacho presidencial, y ya no sería necesario que la mandataria acuda personalmente a la sede del Ministerio Público.
“Me parece que es una decisión totalmente equilibrada. Cuando el Tribunal Constitucional hace alusión a la toma de declaración, establece que si la presidenta va a ser citada, ya no tiene que acudir, sino que el Ministerio Público debe ir y tomarle la declaración hasta en dos ocasiones como máximo”, indicó.
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A consideración del abogado, la medida del TC busca garantizar el adecuado respeto por la investidura y las prerrogativas del cargo presidencial.
PORTUGAL: FALLO EXCLUYE PROCESOS CONSTITUCIONALES
No obstante, la defensa legal de Dina Boluarte señaló que el fallo excluye los procesos constitucionales de acusación ante el Congreso de la República.
“Las denuncias constitucionales ante el Congreso se conservan incólumes porque los efectos de la sentencia no alcanzan al Congreso ni al diseño constitucional del debido proceso ante la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales”, puntualizó.





