El Ministerio de la Producción (Produce) aprobó que el 20 de julio los restaurantes y servicios afines reiniciarán la atención en salón con aforo al 40%, también se indicó que la aprobación para reanudar la atención en salón, no incluye a los bares.
Como parte de la Fase 3 de la reanudación de actividades económicas, las entidades, empresas o personas jurídicas propietarias de dichos locales previamente deben cumplir lo siguiente:
– Elaborar su Plan para la vigilancia, prevención y control de covid-19 en el trabajo, conforme a los Lineamientos para la vigilancia, prevención y control de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición al covid-19.
– Remitir el referido plan vía correo electrónico al Ministerio de Salud, a la siguiente dirección electrónica: [email protected].
– Cumplido el envío del plan, a través del correo electrónico, se entenderá que la entidad, empresa o persona jurídica cuenta con la autorización automática para iniciar sus operaciones.
¿Cuáles serán las medidas?
“Habrá dos metros de distancia entre mesas cuando haya pasillo de circulación y metro y medio de distancia cuando no haya pasillo, es decir, entre espalda y espalda de los consumidores. Además, habrá desinfección previa y posterior a todo lo que esté en contacto con el cliente, limpieza de calzado, de manos y toma de temperatura”, indicó el Ministro de Comercio Exterior y Turismo, Edgar Vásquez, .
Entre las medidas establecidas actualmente están:
• Las mesas deberán ser numeradas y armarse en presencia de los comensales.
• La distancia entre los bordes de las mesas, cuando los comensales estén sentados, debe ser de metro y medio o se deben implementar separadores.
• Hasta ocho personas podrán sentarse en una mesa, y la distancia entre grupos familiares o personas individuales deberá ser de dos metros.
• La carta debe ser difundida mediante carteles informativos, publicaciones virtuales, medios digitales o en individuales de papel descartables.
• Los clientes deben ingresar con mascarilla y solo pueden retirársela para comer.
• Las zonas de recreación, buffets, mesas comunes y salones privados deben permanecer cerrados.
La Dirección General de Desarrollo Empresarial, del Despacho Viceministerial de Mype e Industria, tendrá la facultad de emitir disposiciones modificatorias del mencionado protocolo sanitario, a efecto de que se continúe con las acciones de reanudación gradual y progresiva de las actividades económicas de competencia del sector Producción.





