Reincidentes y condenados por delitos graves no aplican a beneficio por Covid-19

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mayo 5, 2020 –
18:10.
Actualizado en enero 23, 2025 –
00:16.
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Ministro de Justicia informó que los reos que salen con indulto son sometidos a una prueba rápida de descarte de coronavirus.

El Ministro de Justicia, Fernando Castañeda, comunicó que los internos reincidentes y condenados por delitos graves no serían incluidos en los indultos generados para reducir la aglomeración en los centros penitenciarios en las cárceles por el coronavirus.

Castañeda consideró que los indultos “no son un cheque en blanco” y que se debe priorizar la seguridad y protección de la población. Asimismo, señaló que la Comisión de Indultos y Gracias Presidenciales estaría evaluando las sentencias de los internos.

Este paso se daría para certificar que el posible beneficiario no cuenta con requisitoria vigente, que sea reo primario, de cierto nivel de peligrosidad y que no se en las prohibiciones legales.

Esto quiere decir que los sentenciados inmersos en sicariato, marcas, reglaje, feminicidio y corrupción no serán considerados en los indultos, completó Castañeda.

También precisó que todos los internos que salen con un indulto son sometidos a una prueba rápida de descarte de covid-10. Si es que el resultado es positivo, es informado al Ministerio de Salud para que puedan recibir el seguimiento médico.

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