Martín Vizcarra: Poder Judicial rechaza pedido de prisión preventiva para expresidente

La jueza María de los Ángeles Álvarez Camacho, del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional Permanente del Sistema Especializado, declaró infundado el pedido del fiscal Germán Juárez Atoche de 18 meses de prisión preventiva para el expresidente Martín Vizcarra por el caso Club de la Construcción.  En cambio, Álvarez Camacho ordenó medidas con restricciones para el […]

marzo 18, 2021 –
20:04.
Actualizado en enero 21, 2025 –
02:00.
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La jueza María de los Ángeles Álvarez Camacho, del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional Permanente del Sistema Especializado, declaró infundado el pedido del fiscal Germán Juárez Atoche de 18 meses de prisión preventiva para el expresidente Martín Vizcarra por el caso Club de la Construcción. 

En cambio, Álvarez Camacho ordenó medidas con restricciones para el exdignatario, como el pago de una caución de 100 mil soles que deberá ser cancelada en 10 días hábiles o la prohibición de ventilar información en medios de comunicación sobre la investigación fiscal. Detalló, asimismo, que el impedimento de salida del país se mantiene.

La solicitud de Juárez Atoche, quien anunció que apelará la decisión judicial, se dio en marco de la investigación que este sigue contra Vizcarra por haber recibido presuntos sobornos de las empresas Obrainsa e ICCGSA a cambio del proyecto de Lomas de Ilo y el Hospital Regional de Moquegua, respectivamente, cuando era gobernador de dicha región (2011-2014).

Durante la lectura del fallo, la magistrada Álvarez Camacho manifestó que hay graves y fundados elementos de convicción respecto a los delitos de colusión agravada y cohecho pasivo impropio que le imputa la Fiscalía al exjefe de Estado. No obstante, subrayó que no se puede hablar de graves y fundados elementos de convicción en cuanto al presunto delito de asociación ilícita para delinquir.

En tal sentido, la jueza indicó que por el delito de colusión agravada la pena sería de 9 años de cárcel y por cohecho pasivo, de 6 años, superando el presupuesto de prognosis de la pena; es decir, que la pena probable sea superior a 4 años de cárcel efectiva.

Acto seguido, María de los Ángeles Álvarez Camacho consideró que el arraigo domiciliario, familiar y laboral de Martín Vizcarra se encuentran acreditados.

Añadió que tampoco puede acreditarse que el hoy candidato congresal de Somos Perú pueda buscar asilo político en Bolivia, a pesar de su relación anterior con el mandatario de ese país, Luis Arce.

“No lo consideramos un dato objetivo, sino un dato ligado al ámbito de la especulación”, anotó Álvarez Camacho, y agregó que, en este caso, “no advertimos una alta probabilidad de que el investigado rehuya a la acción de la justicia”.

Asimismo, la magistrada calificó de un “dato razonable, pero sospechoso” lo dicho por Karem Roca Luque y 2 testigos protegidos que han afirmado que ella habría sido amenazada para declarar contra la verdad en el caso Richard Swing, además del supuesto pago ilícito realizado a favor del polémico compositor a cambio de su silencio.

“No se cumple el peligrosismo procesal, razón por la cual nos pronunciaremos en una medida distinta a la prisión preventiva”, remató, para luego anunciar que dictaría medidas con restricciones.

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