Las entidades deberán designar las áreas y funcionarios responsables de la implementación de dichos aspectos, señala la SBS
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) aprobó cambios en el Reglamento de Gestión de Conducta de Mercado del Sistema Financiero, mediante la Resolución SBS N° 1870-2020.
De esta manera, la resolución entra en vigencia a los 30 días siguientes de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, por lo que a partir del 30 de agosto los bancos deberán ofrecer por lo menos una tarjeta de crédito sin membresía.
Así, la SBS informó que las empresas emisoras deben contar como mínimo con una tarjeta que no cobre comisión de membresía y que permita el acceso a las redes e infraestructura de pagos, sin el cobro de comisiones.
Asimismo, las entidades financieras deberán informar a los usuarios acerca de esta tarjeta, de manera previa a la contratación de cualquier tarjeta de crédito, dejando constancia de ello.





