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Se trata del Proyecto de Ley 4952, el cual busca evitar que malos fiscalizadores caigan en excesos y cierres por faltas administrativas y subsanables en el momento.
23 de agosto del 2023 | 17:50 Hrs.El caso del cierre de la pollería Granja Azul es uno de los miles que ocurren a diario en todo el Perú. Para revertir esta situación y evitar que los negocios quiebren o caigan en la informalidad producto de tales abusos, la Comisión de Constitución aprobó el Proyecto de Ley 4952, que se encuentra hoy a puertas de ser debatido en el Pleno del Congreso.
Miles de empresarios esperan que dicha norma los proteja de abusos y chantajes cometidos por varios gobiernos locales durante años y que van en aumento.
“Promovido por decenas de gremios empresariales de todo el país, el P.L. 4952 emerge como norma que busca la formalidad y prosperidad del emprendedor peruano. Busca un equilibrio entre la necesaria fiscalización municipal y la libertad de empresa, evitando cierres indiscriminados por faltas administrativas y subsanables en el momento de la inspección. Además, apunta a evitar injusticias como las que sufrieron los afectados dueños y trabajadores de La Granja Azul que viven en el mismo distrito, cuyo negocio y sustento económico estuvo cerrado más de dos semanas debido a que los inspectores tardan cuanto les viene en gana para verificar la subsanación de observaciones”, comenta Jorge Lazarte, abogado de los gremios de empresas.
4 puntos clave para entender el Proyecto de Ley 4952: Para revertir esta situación y evitar que los negocios quiebren o caigan en la informalidad producto de tales abusos, el P.L. 4952 incluye condiciones para la clausura de un local comercial, que pueden ser resumidas en cuatro puntos clave:
1. La vida y la salud por delante: El proyecto propone que los fiscalizadores solo puedan clausurar un local comercial cuando se constata que un peligro inminente para la vida, la salud o la propiedad de las personas, provocado por incumplir normas de seguridad.
2. Subsanación inmediata: Según la iniciativa, tampoco será posible cerrar un local cuando la falta cometida pueda ser subsanada durante la fiscalización. De ese modo, evitará una innecesaria e injusta paralización que puede costarle miles de soles en pérdidas a un negocio.
3. Plazo máximo para reapertura: Luego de 48 horas de que el negocio haya subsanado las observaciones y las haya comunicado debidamente al municipio, el establecimiento puede volver a abrir. Esta disposición evita pérdidas económicas por la demora en la reinspección, ya sea por abuso, negligencia o carga administrativa de los inspectores.
4. No a la sanción doble: De aprobarse el P.L. 4952, si un negocio es clausurado temporalmente, ningún funcionario podrá imponerle multas administrativas. Tampoco, como indica el proyecto, podrán condicionar la reapertura al previo pago de multas administrativas.
Como se aprecia, el espíritu de esta norma respeta las atribuciones de las municipalidades para hacer valer el respeto a las normas, la seguridad y salud de los vecinos, usuarios y consumidores. No obstante, establece medidas de protección específicas ante vacíos legales que han favorecido por años un sinfín de atropellos, chantajes y casos de corrupción, en desmedro de la prosperidad económica de miles de familias peruanas.
“Es de extrema importancia que el Congreso apruebe prontamente este proyecto de ley, para poner un freno a los excesos de poder municipal y limitar la discrecionalidad de los gobiernos locales para clausurar locales comerciales arbitrariamente. Los gremios de empresarios del Perú invocamos a los congresistas a contribuir con su voto a que las municipalidades promuevan e incentiven la actividad empresarial formal, en lugar de castigarla para erradicarla”, añade Lazarte.
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