TGP busca que la crisis del gas natural sea calificado de fuerza mayor para evitar penalidades

La ausencia de GNV provocó que los conductores de vehículos gastarán alrededor de 14 millones de soles, que no quiere asumir Transportadora de Gas del Perú.

marzo 18, 2026 –
20:20.
Actualizado en marzo 18, 2026 –
20:49.
TGP
Foto TGP

Tras dos semanas de desabastecimiento de Gas Natural Vehicular (GNV), la controversia se traslada ahora al terreno legal y contractual entre el Estado y la empresa Transportadora de Gas del Perú (TGP).

El incidente, que se originó el 1 de marzo de 2026 en el kilómetro 43 del sistema de transporte en Megantoni, Cusco, paralizó sectores clave de la economía nacional.

La empresa busca que la deflagración sea calificada como un evento de fuerza mayor, lo que la eximiría de pagar penalidades por la interrupción del servicio.

La parálisis del suministro afectó a industrias de pesca, agroindustria, materiales de construcción y transporte, elevando los costos operativos de manera drástica.

¿Cuánto afectó económicamente a la ciudadanía?

El precio de la energía eléctrica sufrió un incremento significativo, pasando de una tarifa de 45 dólares por megavatio a alcanzar los 350 dólares.

En el sector transporte, un taxista que consume diariamente 20 soles en GNV debió invertir entre 60 y 80 soles al verse obligado a utilizar gasolina.

En 350 mil vehículos a GNV, las pérdidas diarias estimadas para los conductores ascendieron a 14 millones de soles.

Durante una semana de crisis, el impacto económico acumulado para este sector alcanzó aproximadamente los 49 millones de soles en pérdidas directas.

¿En qué casos se puede establecer de fuerza mayor?

El contrato de concesión establece que la fuerza mayor ocurre ante hechos imprevisibles y fuera del control del operador del sistema.

Si el organismo supervisor Osinergmin reconoce esta figura, TGP no enfrentará sanciones por la interrupción abrupta que duró un total de 336 horas.

No obstante, el contrato exige que el sistema de transporte proporcione una disponibilidad del 99% anual, permitiendo un máximo de 87 horas de paros no programados.

De probarse que el incidente pudo prevenirse mediante medidas operativas adecuadas, el regulador deberá aplicar las penalidades correspondientes a la transportadora.

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