Desde este miércoles 21 de enero, la Policía Nacional del Perú (PNP) iniciará la aplicación de sanciones a los motociclistas que circulen con dos personas a bordo en zonas declaradas en estado de emergencia, medida anunciada por la Dirección de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial.
La disposición se ejecutará con el objetivo de reforzar la seguridad ciudadana y reducir delitos cometidos mediante el uso de motocicletas en distritos de Lima Metropolitana y el Callao.
Multas y sanciones establecidas
El director de Tránsito de la PNP, general Humberto Alvarado López, detalló que la primera infracción será castigada con una multa de S/ 660, equivalente al 12 % de la UIT, además de 50 puntos en el récord del conductor.
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En caso de reincidencia, la sanción ascenderá a S/ 1,320, correspondiente al 24 % de la UIT, junto con 60 puntos, lo que podría ocasionar la suspensión de la licencia de conducir.
Norma vigente durante el estado de emergencia
El especialista legal del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Rafael Rivera, precisó que la infracción entra en vigencia durante la prórroga del estado de emergencia, que rige desde el 20 de enero.
Según explicó a la agencia Andina, la prohibición fue establecida en octubre del año pasado por la Presidencia del Consejo de Ministros, pero recién se definieron las sanciones mediante el Decreto Supremo N.° 002-2026-MTC.
Inicio de la fiscalización efectiva
Aunque la norma comenzó a regir el 20 de enero, la Policía Nacional iniciará la imposición de multas desde el día siguiente, tras una etapa de sensibilización dirigida a los conductores.
“Estamos en una etapa de comunicación, pero a partir del miércoles 21 ya serán aplicables las sanciones pecuniarias. Esperamos la colaboración de la ciudadanía”, señaló el general Alvarado durante un operativo en San Isidro.
Alcance de la medida y responsabilidad
La restricción se aplicará de forma estricta en todos los distritos de Lima y el Callao, donde el estado de emergencia fue prorrogado por 30 días calendario mediante el Decreto Supremo N.° 006-2026-PCM.
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La norma también establece que el propietario del vehículo o la empresa de transporte podrá ser considerado responsable solidario si la motocicleta se encuentra registrada a su nombre.
Las autoridades recalcaron que la finalidad de la medida no es la recaudación de multas, sino la prevención de delitos como el sicariato y la extorsión, modalidades criminales que suelen emplear motocicletas.
Finalmente, el MTC aclaró que esta infracción forma parte de todas las restricciones de tránsito dispuestas durante un estado de emergencia y no se limita únicamente a este tipo de vehículos.










