El próximo fin de semana largo será justo antes de la Navidad, que permitirá a los trabajadores disfrutar de un descanso para viajar o realizar actividades pendientes.
Este periodo festivo tendrá cinco días libres, empezando desde el sábado 21 de diciembre. Además, según el calendario oficial, el Gobierno ha designado como días no laborables el lunes 23 y martes 24 de diciembre.
Sumado al feriado del 25 por Navidad, se crea un nuevo feriado largo que permitirá a muchos ciudadanos disfrutar de diversas actividades.
Según lo establecido en el Decreto Supremo 011-2024-PCM, publicado en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, los trabajadores del sector púbico que no laboren en esos días deberán compensar las horas de ausencia en las semanas siguientes.
Vale mencionar también que los centros de trabajo del sector privado podrán acogerse a esta disposición, previo acuerdo entre el empleador y sus trabajadores, los que deberán establecer cómo recuperar las horas no laboradas. Si no se llega a un acuerdo, lo decidirá el empleador.
¿SI TRABAJO EL 25 RECIBO TRIPLE REMUNERACIÓN?
Con respecto al día 25 de diciembre, feriado por Navidad, el artículo 6° del Decreto Legislativo 713 establece que el trabajador debe descansar sin afectarse su remuneración.
Aclara también que, si debe laborar, ya sea por su horario o las necesidades de la empresa, el empleador tiene dos opciones: otorgarle un descanso en otra fecha o pagarle el triple de su remuneración por el feriado trabajado.
¿QUIÉNES NO DESCANSAN?
La norma señala que las entidades y empresas sujetas al régimen laboral de la actividad privada que realizan servicios sanitarios y de salubridad, limpieza y saneamiento, electricidad, agua, desagüe, gas y combustible, no descansan en los días no laborables.
Tampoco quienes laboran en sepelios, comunicaciones y telecomunicaciones, transporte, puertos, aeropuertos, seguridad, custodia, vigilancia, y traslado de valores y expendio de víveres y alimentos.