El Poder Ejecutivo amplió por 45 días calendario el estado de emergencia en Lima Metropolitana y en la Provincia Constitucional del Callao.
De acuerdo al Decreto Supremo 025-2022-PCM, publicado hoy viernes 18 de marzo, en el Diario Oficial El Peruano, se establece que la Policía Nacional del Perú (PNP) mantiene el control del orden interno, con el apoyo de las Fuerzas Armadas (FF.AA).
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Cabe precisar que durante el estado de emergencia se suspenden los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad de domicilio, libertad de tránsito en el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales, comprendidos en los incisos 9, 11, 12 y 24 literal f del artículo 2 de la Constitución Política.
Además, detalla que la intervención de la PNP y de las FF.AA. se efectúa conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo 1186, que regula el uso de la fuerza por parte de la policía; y en el Decreto Legislativo 1095, que establece reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo 003-2020-DE, respectivamente.
El documento lleva la firma del Presidente de la República, José Pedro Castillo Terrones, el Presidente del Consejo de Ministros, Aníbal Torres Vásquez, el Ministro del Interior, Alfonso Chávarry estrada, el Ministro de Justicia y Derechos Humanos Ángel Fernando Yldefonso Narro y el Ministro de Defensa, José Luis Gavidia Arrascue
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