Ley seca 2026: ¿cuándo inicia la medida obligatoria y qué sanciones puedes recibir por incumplirla?

La ley seca en Perú regirá durante la segunda vuelta presidencial de 2026, con restricciones estrictas en la venta de alcohol y fuertes sanciones para quienes incumplan la normativa electoral según el JNE.

junio 1, 2026 –
19:46.
Actualizado en junio 1, 2026 –
19:46.
Ley Seca por Elecciones 2026: horario, prohibiciones y sanciones
Las sanciones relacionadas con la ley seca están dirigidas principalmente a quienes venden o distribuyen bebidas alcohólicas en el periodo señalado.

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) de Perú dispuso la prohibición total de la venta de bebidas alcohólicas durante la segunda vuelta presidencial de 2026, una medida conocida como la ley seca que, según informó el propio organismo, busca asegurar el orden durante la jornada electoral.

Esta restricción se suma a otras disposiciones implementadas para la semana decisiva en el país, donde millones de ciudadanos definirán quién ocupará la presidencia este domingo 7 de junio.

¿Cuándo entra en vigor la ley seca?

De acuerdo con la Ley Orgánica de Elecciones (LOE), la ley seca comenzará a regir desde las 8.00 a. m. del sábado 6 de junio y se extenderá hasta las 8.00 a. m. del lunes 8 de junio de 2026. Esta disposición fue confirmada por el JNE, que detalló que durante este periodo queda prohibido el expendio de bebidas alcohólicas de cualquier tipo y se cierran los establecimientos o los espacios comerciales dedicados exclusivamente a dicha actividad.

La normativa establece: “El expendio de bebidas alcohólicas de ninguna clase y se cierran los establecimientos, o los espacios de los establecimientos comerciales dedicados exclusivamente a dicho expendio”. Por esta razón, ningún local podrá vender alcohol en el tiempo estipulado por la autoridad electoral.

Sanciones por incumplir la ley seca

El artículo 390 de la Ley Orgánica de Elecciones, en concordancia con el artículo 36 del Código Penal, establece que quienes infrinjan la ley seca enfrentarán consecuencias severas. El mismo JNE especificó que la sanción consiste en una pena privativa de libertad no mayor de seis meses y una multa no menor del 10% del ingreso mínimo vital multiplicado por 30 días de multa, además de una pena accesoria de inhabilitación por el mismo tiempo que la condena.

El monto económico de la multa asciende a S/ 3390. Cabe señalar que estas sanciones aplican exclusivamente a quienes expenden o distribuyen bebidas alcohólicas durante el periodo de restricción.

Según el JNE, “estas infracciones están destinadas únicamente para aquellos que expenden y distribuyen bebidas alcohólicas durante el tiempo mencionado”. Así, la ley es clara respecto a quiénes están sujetos a sanción.

Otras restricciones electorales vigentes

A la ley seca se suman otras restricciones que el Jurado Nacional de Elecciones puso en marcha desde el lunes 1 de junio y que afectan diferentes ámbitos de la actividad pública. Entre ellas se incluyen:

  • Prohibición de publicar o difundir encuestas de intención de voto desde el lunes 1 de junio, lo que afecta principalmente a medios de comunicación y empresas especializadas.
  • Prohibición de reuniones o manifestaciones políticas desde el viernes 5 de junio, lo que implica que agrupaciones y simpatizantes no pueden convocar actos públicos en esos días.
  • Prohibición de emitir propaganda electoral a partir del sábado 6 de junio, medida que incluye cualquier tipo de publicidad dirigida a influir en el voto.
  • Prohibición de organizar reuniones políticas a menos de 100 metros de los centros de votación el domingo 7 de junio, entre las 7.00 a. m. y las 5.00 p. m., lo que busca evitar aglomeraciones cerca de los locales de sufragio.

El JNE advirtió que incumplir cualquiera de estas medidas puede derivar en sanciones, incluidas fuertes multas económicas y penas de prisión. Por esta razón, resulta fundamental respetar cada restricción establecida para el proceso electoral.

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