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Feriado del 29 de junio: ¿cuánto me deben pagar si trabajo ese día?

Conoce todos los detalles en esta nota.


Portada: Feriado del 29 de junio: ¿cuánto me deben pagar si trabajo ese día? Feriado del 29 de junio. Fuente: Difusión.

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Redacción Willax TV Redacción Willax TV

Este jueves 29 de junio será feriado nacional por el Día de San Pedro y San Pablo, de modo que, si laboras en dicha fecha, debes seguir leyendo esta nota para conocer cuánto te corresponde recibir.

La Cámara de Comercio de Lima (CCL) explicó que trabajadores del sector privado que trabajen el 29 de junio, sin descanso sustitutorio posterior, tienen derecho a percibir triple remuneración: una por el feriado, otra por el trabajo realizado y una tercera por haber laborado en día feriado.

No obstante, los trabajadores que acuerden laborar con descanso sustitutorio, solo percibirán su remuneración normal.

En tanto, el personal que viene prestando teletrabajo tiene derecho a percibir su remuneración sin trabajar. Así, en caso de acordar con su empleador laborar en feriado, sin descanso sustitutorio posterior, también tendrá derecho a percibir el triple de su remuneración diaria.

Asimismo, el trabajador cuyo descanso semanal coincide con alguno de los días feriados percibe su remuneración normal. Además, los trabajadores que se encuentren de vacaciones durante el jueves 29 no tienen derecho a una remuneración adicional.

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