El Estado peruano otorgará un total de tres feriados nacionales durante el mes de julio de 2026, los cuales se complementarán con un día no laborable decretado por el Gobierno para crear un fin de semana largo de cinco días consecutivos enfocado en reactivar el turismo nacional.
Esta ampliación del calendario de descansos —vigente desde hace tres años— incluye las tradicionales celebraciones por Fiestas Patrias y la reciente conmemoración del Día de la Fuerza Aérea del Perú (FAP), beneficiando a los trabajadores de los sectores público y privado bajo el régimen del Decreto Legislativo N.° 713.
El legado de José Abelardo Quiñones y el feriado del 23 de julio
La primera jornada de descanso del mes corresponde al jueves 23 de julio, fecha declarada feriado nacional mediante la Ley N.° 31822. Esta norma rinde homenaje al heroico sacrificio del capitán FAP José Abelardo Quiñones Gonzales, máximo héroe de la aviación nacional.
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Nacido en Lambayeque en 1914, Quiñones destacó rápidamente en la Escuela de Aviación Jorge Chávez. Durante el conflicto con Ecuador en 1941, su aeronave NA-50 fue alcanzada por el fuego enemigo en la zona de Quebrada Seca. En lugar de salvar su vida utilizando el paracaídas, el joven piloto decidió estrellar su avión de caza contra las posiciones enemigas, neutralizando la amenaza y permitiendo el avance de las tropas peruanas. En reconocimiento a su patriotismo, fue declarado Héroe Nacional en 1966.
El megapuente de Fiestas Patrias y el turismo interno
Además del 23 de julio, el calendario incluye los feriados tradicionales del martes 28 y miércoles 29 de julio, conmemorando la Proclamación de la Independencia del Perú de 1821.
Para potenciar este periodo festivo, el Ejecutivo promulgó el Decreto Supremo N.° 075-2026-PCM, que declara el lunes 27 de julio como día no laborable compensable para el sector público. Al unirse con el sábado 25 y el domingo 26, se genera un megapuente de cinco días de descanso obligatorio. Para el sector privado, acogerse al lunes 27 dependerá de un acuerdo formal entre el empleador y sus trabajadores.
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¿Cómo se calcula el pago triple en los feriados calendario?
De acuerdo con la legislación laboral vigente, los feriados del 23, 28 y 29 de julio son descansos remunerados obligatorios. Los empleados que deban realizar actividades laborales durante estas fechas sin obtener un descanso sustitutorio posterior tienen derecho a recibir un pago triple: el salario diario regular, la remuneración por el trabajo efectuado y una sobretasa del 100 %.
Tras culminar este mes festivo, el calendario nacional de 2026 mantendrá vigentes otros siete feriados oficiales, distribuidos entre la Batalla de Junín el 6 de agosto, Santa Rosa de Lima el 30 de agosto, el Combate de Angamos el 8 de octubre, todos los Santos el 1 de noviembre, la Inmaculada Concepción el 8 de diciembre, la Batalla de Ayacucho el 9 de diciembre y el cierre del año con Navidad el viernes 25 de diciembre.










