El pasado 29 de enero, la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) llevó a cabo el sorteo público para designar a los ciudadanos que asumirán el rol de miembros de mesa —tanto titulares como suplentes— en las próximas Elecciones Generales 2026.
Aunque la Ley Orgánica de Elecciones establece que este cargo es irrenunciable, la normativa vigente contempla mecanismos específicos para quienes presenten impedimentos insalvables. AQUÍ puedes conocer si saliste como miembro de mesa.
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Elecciones 2026: requisitos y plazos para presentar excusas y tachas ante la ONPE
Para aquellos ciudadanos que resultaron electos pero se encuentran en situaciones de vulnerabilidad o fuerza mayor, la ley permite presentar una excusa al cargo. Según el artículo 58 de la Ley 26859, el trámite debe realizarse en un plazo máximo de 5 días hábiles tras la publicación definitiva de la lista. Las causales admitidas incluyen:
- Salud y edad: Tener más de 65 años o padecer un impedimento físico o mental notorio.
- Maternidad: Mujeres en estado de gestación o en periodo de lactancia (hijos hasta los 2 años).
- Viajes: Necesidad acreditada de ausentarse del territorio nacional.
- Incompatibilidades: Ser candidato, personero o funcionario de los organismos electorales.
Por otro lado, si el impedimento de salud surge de forma imprevista cerca de la fecha de los comicios, se puede tramitar una justificación hasta 5 días calendario antes del proceso electoral.
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El rol de la transparencia: tachas y dispensas
La vigilancia ciudadana también juega un papel crucial. Si un elector detecta que un miembro de mesa designado no garantiza la neutralidad del proceso (por ejemplo, por filiación política directa), puede interponer una tacha. Este recurso busca anular la designación y debe presentarse dentro de los 3 días hábiles posteriores a la publicación de los resultados del sorteo.
Finalmente, para los peruanos residentes en el extranjero, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) facilita la solicitud de dispensa de sufragio a través de las oficinas consulares, siempre que existan razones de salud o causa de fuerza mayor debidamente justificadas. Cumplir con estos plazos es vital para evitar multas electorales y asegurar el correcto flujo democrático en las urnas.










