Congreso aprueba establecer sábado como día no laborable por motivos religiosos para trabajadores públicos y privados

El dictamen obtuvo mayoría en el Pleno y deberá pasar a una segunda votación en siete días, conforme al reglamento del Parlamento.

noviembre 22, 2025 –
12:19.
Actualizado en noviembre 22, 2025 –
12:19.
Congreso aprueba establecer sábado como día no laborable por motivos religiosos para trabajadores públicos y privados.
Congreso aprueba establecer sábado como día no laborable por motivos religiosos para trabajadores públicos y privados.

El Pleno del Congreso de la República aprobó en primera votación el dictamen que propone declarar el sábado como día no laborable compensable para los trabajadores pertenecientes a confesiones religiosas que consideran esa jornada como fecha de descanso.

La decisión se tomó por mayoría, dejando en evidencia el respaldo parlamentario a una medida que apunta a regular la relación entre obligaciones laborales y prácticas de fe.

Proyecto impulsado por Juan Burgos

La propuesta legislativa se sustenta en el Proyecto de Ley N.° 4610/2022-CR, presentado por el congresista Juan Burgos, de la bancada Podemos Perú.

El dictamen obtuvo 68 votos a favor, dos en contra y 19 abstenciones, por lo que deberá someterse a una segunda votación en un plazo de siete días calendario, según establece el artículo 78 del Reglamento del Congreso.

Objetivo: garantizar libertad religiosa

Durante el debate, el presidente de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, Alex Paredes, explicó que la iniciativa busca “ejercitar el derecho fundamental de libertad religiosa”.

De aprobarse de forma definitiva, la norma se aplicará en la relación laboral, donde el trabajador deberá informar formalmente su pertenencia a una confesión religiosa.

Acreditación por autoridad religiosa

La propuesta indica que la membresía religiosa deberá acreditarse mediante una constancia emitida por la autoridad de la respectiva confesión, con el fin de respaldar la solicitud del trabajador.

Este requisito busca dotar de validez formal el pedido del descanso sabático y evitar posibles inconsistencias en su uso.

Reglas para la compensación de horas

En su artículo tercero, el dictamen señala que las horas no trabajadas durante el sábado o día de guardar serán compensadas dentro de los diez días naturales posteriores o en la oportunidad que disponga el empleador.

De esta manera, la medida mantiene el carácter compensable del descanso, sin alterar la carga laboral total del trabajador.

Prohibición de discriminación religiosa

El proyecto también declara nulas las cláusulas o decisiones laborales que generen “discriminación” por razón de religión en aspectos como retribuciones, jornada o condiciones de trabajo.

Según el texto, ninguna norma, convenio o acuerdo podrá contradecir este principio, reforzando la igualdad de derechos dentro del ámbito laboral.

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