El Ministerio de Salud (Minsa) eliminó una serie de medidas sanitarias que habían sido implementadas para frenar al COVID-19. Estas son el uso de protectores faciales y mascarillas en centros de salud, en lugares de culto religioso y durante la práctica de actividades recreativas al aire libre.
La Resolución Ministerial N° 508-2023/MINSA deroga la norma técnica que daba recomendaciones sobre el empleo de escudos faciales en los establecimientos de salud y en la comunidad.
De acuerdo con Perú21, tampoco va a ser obligatorio el empleo de barbijos en clínicas, postas u hospitales, tal como se venía exigiendo. Del mismo modo, indicaron que se trata de las últimas restricciones implementadas debido a la pandemia en ser derogadas.
OTRAS NORMAS
En tanto, la Resolución Ministerial N° 505-2023/MINSA, publicada en El Peruano, deja sin efecto la Resolución Ministerial N.° 899-2020-MINSA que obligaba a los feligreses a usar mascarilla y escudo facial para ingresar, permanecer y salir del templo o lugar de culto.
Por su parte, la Resolución Ministerial N° 506-2023/MINSA elimina la Resolución Ministerial N° 350-2020-MINSA, que señalaba que las actividades físicas y recreativas solo se podían efectuar de lunes a sábado, entre las cinco de la mañana y las seis de la tarde, por tiempo máximo de una hora.





