Trabajadores CAS recibirán CTS y gratificación: ley ya fue promulgada por Gobierno

La norma amplía los beneficios laborales para miles de servidores públicos, incorporando pagos adicionales en julio y diciembre, además de una compensación económica calculada según el tiempo trabajado.

marzo 24, 2026 –
10:39.
Actualizado en marzo 24, 2026 –
10:40.
Trabajadores CAS recibirán CTS y gratificación: ley ya fue promulgada por Gobierno.
Trabajadores CAS recibirán CTS y gratificación: ley ya fue promulgada por Gobierno.

El Gobierno peruano promulgó la Ley N.° 32563, que reconoce el pago de gratificaciones y la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) para trabajadores bajo el régimen CAS.

Además, se aprobó una norma complementaria que permite el cambio de contrato para personal de salud, en una medida que busca mejorar condiciones laborales en el sector público.

Beneficios para trabajadores CAS

La norma, publicada en el Diario Oficial El Peruano, modifica el Decreto Legislativo N.° 1057 e incorpora el pago de dos gratificaciones al año. Cada una de estas corresponde a una remuneración mensual y será entregada durante Fiestas Patrias y Navidad.

Asimismo, se establece el derecho a la CTS como beneficio laboral para este régimen. Este monto será calculado en función del tiempo de servicios y efectivo al término del vínculo laboral.

La ley también precisa las modalidades de contratación dentro del régimen CAS, incluyendo contratos a plazo indeterminado mediante concurso público.

Estas disposiciones buscan garantizar continuidad laboral y respeto de derechos adquiridos por los trabajadores.

Financiamiento de la medida

Para la implementación, se autoriza a las entidades públicas a realizar ajustes presupuestarios con cargo a sus propios recursos. Se especifica que no se demandarán recursos adicionales al tesoro público para cubrir estos beneficios.

La disposición excluye asignaciones vinculadas a reserva de contingencia, pago de remuneraciones, pensiones y servicio de deuda. De esta manera, se delimita el uso de los recursos para la ejecución de la norma.

Firmas y respaldo institucional

La ley cuenta con las firmas del presidente de la República, José María Balcázar, y del titular del Consejo de Ministros, Luis Arroyo Sánchez.

Por parte del Parlamento, fue suscrita por el presidente encargado, Fernando Rospigliosi, y el segundo vicepresidente, Waldemar Cerrón.

La norma fue aprobada en segunda votación el pasado 12 de marzo con amplia mayoría. Registró 95 votos a favor, ninguno en contra y tres abstenciones.

Medida para personal CAS-COVID

En paralelo, se promulgó la Ley N.° 32566, que autoriza el cambio de contrato CAS-COVID a CAS para personal asistencial de EsSalud. Esta medida se aplicará de manera excepcional y por única vez.

El personal deberá haber laborado durante la emergencia sanitaria por al menos un año bajo dicha modalidad. Además, no debe haber sido comprendido en la Ley N.° 31539 ni contar con otro régimen laboral en el sector público.

Se establece que EsSalud cuenta con un plazo máximo de noventa días calendario para efectuar el cambio de contrato. El proceso se realizará para quienes cumplan con los requisitos establecidos en la norma.

La implementación será financiada con recursos propios de EsSalud, sin requerir fondos adicionales del tesoro público.

Ambas normas forman parte de un conjunto de disposiciones orientadas a regular y estandarizar las condiciones laborales en el sector estatal.

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