El Gobierno peruano promulgó la Ley N.° 32563, que reconoce el pago de gratificaciones y la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) para trabajadores bajo el régimen CAS.
Además, se aprobó una norma complementaria que permite el cambio de contrato para personal de salud, en una medida que busca mejorar condiciones laborales en el sector público.
Beneficios para trabajadores CAS
La norma, publicada en el Diario Oficial El Peruano, modifica el Decreto Legislativo N.° 1057 e incorpora el pago de dos gratificaciones al año. Cada una de estas corresponde a una remuneración mensual y será entregada durante Fiestas Patrias y Navidad.
Asimismo, se establece el derecho a la CTS como beneficio laboral para este régimen. Este monto será calculado en función del tiempo de servicios y efectivo al término del vínculo laboral.
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La ley también precisa las modalidades de contratación dentro del régimen CAS, incluyendo contratos a plazo indeterminado mediante concurso público.
Estas disposiciones buscan garantizar continuidad laboral y respeto de derechos adquiridos por los trabajadores.
Financiamiento de la medida
Para la implementación, se autoriza a las entidades públicas a realizar ajustes presupuestarios con cargo a sus propios recursos. Se especifica que no se demandarán recursos adicionales al tesoro público para cubrir estos beneficios.
La disposición excluye asignaciones vinculadas a reserva de contingencia, pago de remuneraciones, pensiones y servicio de deuda. De esta manera, se delimita el uso de los recursos para la ejecución de la norma.
Firmas y respaldo institucional
La ley cuenta con las firmas del presidente de la República, José María Balcázar, y del titular del Consejo de Ministros, Luis Arroyo Sánchez.
Por parte del Parlamento, fue suscrita por el presidente encargado, Fernando Rospigliosi, y el segundo vicepresidente, Waldemar Cerrón.
La norma fue aprobada en segunda votación el pasado 12 de marzo con amplia mayoría. Registró 95 votos a favor, ninguno en contra y tres abstenciones.
¡El Congreso cumplió! 👏👏✨El presidente (e) del Congreso, @Frospigliosi, firmó la autógrafa de ley que extiende el derecho a las gratificaciones y a la CTS a los trabajadores CAS. ✅
🔗 Nota completa: https://t.co/jriLuY4luz pic.twitter.com/ijvRR9cIGE
— Congreso del Perú 🇵🇪 (@congresoperu) March 20, 2026
Medida para personal CAS-COVID
En paralelo, se promulgó la Ley N.° 32566, que autoriza el cambio de contrato CAS-COVID a CAS para personal asistencial de EsSalud. Esta medida se aplicará de manera excepcional y por única vez.
El personal deberá haber laborado durante la emergencia sanitaria por al menos un año bajo dicha modalidad. Además, no debe haber sido comprendido en la Ley N.° 31539 ni contar con otro régimen laboral en el sector público.
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Se establece que EsSalud cuenta con un plazo máximo de noventa días calendario para efectuar el cambio de contrato. El proceso se realizará para quienes cumplan con los requisitos establecidos en la norma.
La implementación será financiada con recursos propios de EsSalud, sin requerir fondos adicionales del tesoro público.
Ambas normas forman parte de un conjunto de disposiciones orientadas a regular y estandarizar las condiciones laborales en el sector estatal.









